Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 18 de Junio de 2019

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución18 de Junio de 2019
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 18 de junio de 2019

Materia: Tribunal de Instancia

Expediente: 1450-18

VISTOS:

En grado de apelación conoce el resto de la S. Tercera, de la Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción, interpuesta por el Licenciado N.F.Á., en representación de GILBERTO DE LEÓN SILVA, para que se declare nula, por ilegal, la Orden General DG-BCDRP-129-18 de 17 de Septiembre de 2018, emitida por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República De Panamá.

Mediante Auto de 10 de diciembre de 2018, el Magistrado Sustanciador negó la admisión de la demanda presentada (Cfr. fojas 16 a 19) considerando que, el acto demandado no cumple con lo dispuesto en el artículo 43-A y 44 de la ley 135 de 1946, modificada por la ley 33 de 1943.

SUSTENTACION DEL RECURSO DE APELACIÓN

La parte actora en su escrito mediante el cual sustenta el recurso de apelación, legible de infolios 22 a 24, en resumen señala:

...

Al respecto tenemos a bien señalar en cuanto al primer pronunciamiento de la no autenticación de la orden general emitida por el director general de la institución, consideramos que si bien es cierto es un requisito necesario pero no indispensable en las actuaciones judiciales, de no permitirse al señor G. De León demostrar que su derecho a sido vulnerado de manera ilegal e injusta sin llevarse a cabo lo necesario de parte del funcionario...

Por otro lado, se indica que no se solicitó el restablecimiento del derecho subjetivo supuestamente vulnerado, tenemos a bien señalar que solicitamos lo anterior al peticionar... solicitamos al Honorable Magistrado que una vez admitida la presente acción, se sirva disponer la suspensión provisional de los efectos del acto impugnado. Es decir, la orden General DG-BGCBRP n°128 DE 17 de septiembre de 2018 y su acto confirmatorio...

Con esto pretendíamos que el acto impugnado fuese suspendido y se restableciera el derecho de mi representado que fue vulnerado, sino se señaló de manera taxativa como lo indica la resolución recurrida...

OPOSICION AL RECURSO DE APELACIÓN

Mediante Vista N°109 de 29 de enero de 2019 el Procurador de la Administración emite su concepto, señalando lo siguiente:

... Finalmente, solicitamos que al momento en que se tome una decisión se tenga en cuenta que, conforme lo ha indicado esa Alta Corporación de justicia a través de reiterada jurisprudencia, una cosa es la tutela judicial efectiva y otra cosa el deber que tiene toda persona que acuda ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa en auxilio de sus derechos subjetivos, de cumplir con los requisitos básicos y mínimos que la norma procesal...

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