Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 4 de Septiembre de 2020

PonenteEfrén Cecilio Tello Cubilla
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2020
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Efrén Cecilio Tello Cubilla

Fecha: 04 de septiembre de 2020

Materia: Tribunal de Instancia

Sumarias en averiguación

Expediente: 718-15

VISTOS:

Ha ingresado a esta Superioridad para su conocimiento el expediente contentivo de las Sumarias en Averiguación seguidas a la Diputada Z.R. por la supuesta comisión de un delito Contra el Patrimonio Económico, en atención a la denuncia presentada por la señora M.J.C.C..

ANTECEDENTES

El presente Sumario inicia con la denuncia interpuesta ante la Procuraduría General de la República, el 24 de octubre de 2013, por la señora M.J.C.C., quien señala que a partir de la tercera semana del mes de septiembre del año 2012 empezó a trabajar con la Licenciada Z.R. como Jefa de Campaña. En la misma narra que la Licenciada R. alquiló una residencia de su propiedad en Costa del Este a la familia B.A., no obstante, para el mes de octubre del año dos mil doce (2012) y manteniéndose vigente el arrendamiento, la Licenciada R. ordenó despojar a la familia de muebles, juguetes y animales que se encontraban en la propiedad para donarlos a su campaña política. Señala la denunciante que la Licenciada R. ingresó a la propiedad y golpeó paredes de la vivienda para retirar un supuesto dinero que se encontraba entre las mismas, además, amenazó a los miembros de la familia, quienes tuvieron que retirarse hacia Miami. Manifiesta la denunciante que la señora R. la llamó a su teléfono celular para decirle que la iba a retirar de su campaña política, procediendo a escribirle vía whassap insultos, amenazas y que interpondría una denuncia en su contra por el hurto de la suma de tres mil dólares (B/.3,000.00)

Agrega la denunciante que los bienes depositados en el Centro de Campaña de la Licenciada Z.R. no fueron donados, por cuanto pertenecían la familia B.A., que vivió alquilada en la casa propiedad de la Licenciada Z.R., ubicada en Costa del Este, y fueron llevados al Centro Político por los señores V.L. y J.E. para la fecha del 15 de octubre de 2012 luego de hurtárselos a dicha familia. Igualmente, refiere la denunciante que su hija L.R. junto a la señora Mercedes de Rico se dedicaron durante los días 19 y 20 de noviembre de 2012 a la limpieza de la residencia, por lo que su hija pudo obtener fotografías la parte interna de la misma y una tarjeta de presentación para contactar a la señora M.A., ex inquilina de la propiedad, quien le corroboró mediante llamada telefónica que la Licenciada Z.R. les había hurtado sus muebles, juguetes y animales cuando dispuso mediante fuerza desalojarlos de la propiedad, excepcionando que el contrato de arrendamiento que había suscrito con su hijo no existía.

Señala la denunciante que el 26 de febrero de 2013 se encontró con el señor G.G., colaborador de la campaña de la Diputada Z.R., quien le contó que fue partícipe de los hechos ocurridos en la residencia ubicada en Costa del Este, explicándole que fue engañado, toda vez que la Licenciada R. le había indicado que unos "narcos" la habían golpeado. Narra que él, creyendo esto, golpeó a algunas de las personas que se encontraban en la residencia, además, por instrucciones de la Licenciada R. retiró las cámaras de vigilancia y tomó artículos de la residencia para él. Días después, relata la denunciante, el señor G.G. se comunicó con ella para informarle que la Licenciada R. lo había engañado pues fue detenido por unidades de la Dirección de Investigación Judicial debido a una supuesta denuncia por extorsión presentada por la Licenciada R. en su contra y amenazado para que firmara acusaciones en contra de la hoy denunciante (M.C.) a cambio de ser librado de la acusación realizada en su contra.

La denunciante aportó vistas fotográficas impresas a colores con su respectiva descripción de las personas que señala eran los inquilinos de la residencia propiedad de la Licenciada Z.R., del mobiliario existente en la residencia cuando éstos la ocupaban (proporcionada por éstos) y el estado de la residencia para la fecha del 20 de noviembre de 2012. Igualmente, precisa que estos mismos muebles, mascotas y juguetes fueron llevados al Centro de Campaña de la Licenciada Z.R. para ser donados, aportando vistas fotográficas impresas de ello.

Igualmente, aportó una declaración notarial jurada, fechada 5 de marzo de...

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