Acuerdo Nº 53 de 11 de abril de 2007, 'POR EL CUAL SE DECLARA ÁREA DE REGULARIZACIÓN, LAS ÁREAS URBANAS DE LA COMUNIDAD DE UNIÓN DE AZUERO, CORREGIMIENTO CABECERA DEL DISTRITO DE CHEPO, PROVINCIA DE PANAMÁ'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

PROGRAMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS

COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO

ACUERDO N° 53

(De 11 de abril de 2007)

"Por el cual se declara área regularización las áreas urbanas de la Comunidad de Unión de Azuero, Corregimiento Cabecera del Distrito de Chepo, Provincia de Panamá."

El Comité Técnico Operativo

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Ejecutivo N° 124 de 12 de septiembre de 2001, publicado en la Gaceta Oficial N° 24,390 de 18 de septiembre de 2001, se estableció la estructura de funcionamiento para el Programa Nacional de Administración de Tierras (PRONAT).

Que el ordinal 10 del artículo decimocuarto del Decreto Ejecutivo No. 124 de 12 de septiembre de 2001, señala como una de las funciones del Comité Técnico Operativo el "Declarar área de regularización mediante Acuerdo del Comité, motivado y expreso".

Que los trabajos de regularización responden al interés del Gobierno Nacional de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra a una población estimada de 9,000 personas, realizando un catastro físico y legal en una extensión aproximada de 48 hectáreas en y una estimación de 600 predios en la Comunidad de Unión de Azuero, Corregimiento Cabecera del Distrito de Chepo, Provincia de Panamá. Esto permitirá a los ocupantes de estos predios obtener un título de propiedad, previo el cumplimiento de las normas nacionales vigentes.

Que las Instituciones Ejecutoras del Programa son: Por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales (DCBP); por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), la Dirección Nacional de Reforma Agraria (DINRA); por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), la Dirección Nacional de Áreas Protegidas y Vida Silvestre; por el Ministerio de Gobierno y Justicia, la Dirección Nacional de Gobiernos Locales y la Dirección Nacional de Política Indigenista; por el Ministerio de Obras Públicas, el Instituto Geográfico Nacional "Tommy Guardia"; y el Registro Público de Panamá.

Que de acuerdo con la Metodología Única definida en los Manuales de Operaciones de Campo de PRONAT, las entidades ejecutoras deben declarar las áreas de regularización a través de Acuerdo del Comité Técnico Operativo.

Que una vez culminado el proceso de análisis y revisión de los documentos, el Comité Técnico Operativo;

ACUERDA:

PRIMERO: Declarar "zona de regularización" el área urbana de la Comunidad de Unión de Azuero, Corregimiento Cabecera del Distrito de Chepo...

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