Acuerdo Nº 013 de 21 de julio de 2006, "POR EL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PENONOME, A CELEBRAR CONTRATO DE USUFRUCTO CON EL MINISTRO DEL INSTITUTO PANAMEÑO DE TURISMO (IPAT), REFERENTE A LA CONSTRUCCION DE UNA CASETA DE INFORMACIÓN TURÍSTICA, UBICADA EN LA SERVIDUMBRE MUNICIPAL, ENTRADA PRINCIPAL DE LA CALLE HECTOR CONTE BERMUDEZ, INTERSECCIÓN DE LA AVENIDA JUAN DEMOSTENES AROSEMENA"

REPUBLICA DE PANAMÁ - PROVINCIA DE COCLE

CONSEJO MUNICIPAL

PENONOMÉ

ACUERDO No. 013

Julio 21, de 2006.

"POR EL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PENONOMÉ, A CELEBRAR CONTRATO DE USUFRUCTO CON EL MINISTRO DEL INSTITUTO PANAMEÑO DE TURISMO (IPAT), REFERENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE UNA CASETA DE INFORMACIÓN TURÍSTICA, UBICADA EN LA SERVIDUMBRE MUNICIPAL, ENTRADA PRINCIPAL DE LA CALLE HÉCTOR CONTE BERMÚDEZ, INTERSECCIÓN DE LA AVENIDA JUAN DEMÓSTENES AROSEMENA"

EL HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PENONOMÉ EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y,

CONSIDERANDO:

Que conforme al Artículo 233 de la Constitución Política, es obligación del Municipio como Entidad Estatal prestar los servicios públicos y construir las obras públicas que determine la ley, ordenando el desarrollo de su territorio.

Que la Directora Regional del Instituto Panameño de Turismo (IPAT), Regional de Coclé, mediante nota sin número, de fecha 16 de mayo de 2006, ha solicitado a esta Alcaldía, se le conceda un área municipal, para la construcción de un Puesto de Información Turística (Kiosco), para desarrollar un Proyecto Turístico, contemplado previamente en su Presupuesto del año 2006.

Que para atender la anterior solicitud, este despacho ha solicitado al Departamento de Ingeniería Municipal un Informe Técnico, sobre la viabilidad de la Concesión Contractual que permita el cumplimiento del mencionado proyecto. En tal sentido, este informe señala expresamente que :"... dicho terreno fue inspeccionado por Ingeniería Municipal, en conjunto con los arquitectos de INFOTUR, y se considera viable su ubicación ..."

Que el Artículo 17, en sus numerales 7 y 11 de la ley 106 8 de octubre de 1973, modificada por la ley 52 de 1984, faculta a los Concejos Municipales, disponer de los bienes municipales integrantes de su patrimonio; así como autorizar y aprobar la celebración de contratos sobre concesiones y otros modos de prestación de servicios públicos municipales.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO

Autorizar al Alcalde Municipal del Distrito de Penonomé, para que celebre Contrato de Usufructo con el Ministerio del Instituto Panameño de Turismo (IPAT),referente a la construcción de una Caseta de Información Turística , ubicada en la servidumbre municipal, entrada principal de la Calle Héctor Conte Bermúdez, intersección de la avenida Juan Demóstenes Arosemena, con un área 136. 80 mts2, con los siguientes colindantes...

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