Acuerdo Nº 55 de 5 de septiembre de 2007, "POR EL CUAL LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REFORMA AGRARIA AUTORIZA A INSPECTORES DE CAMPO A REALIZAR ACCIONES DE VERIFICACIÓN DE CAMPO A FIN DE FACILITAR LOS PROCESOS DE TRASPASOS DE DERECHOS POSESORIOS".

REPÚBLICA DE PANAMÁ

PROGRAMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS

COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO

ACUERDO N° 55

(De 5 de septiembre de 2007)

"Por el cual la Dirección Nacional de Reforma Agraria autoriza a inspectores de campo a realizar acciones de verificación de campo a fin de facilitar los procesos de traspasos de derechos posesorios o activar los procedimientos de oficio a favor de nuevos poseedores identificados en las áreas declaradas de regularización y titulación masiva de tierras."

EL COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO

C O N S I D E R A N D O:

Que a través del Decreto Ejecutivo N° 124 de 12 de septiembre de 2001, publicado en la Gaceta Oficial N° 24,390 de 18 de septiembre de 2001, se estableció la estructura de funcionamiento para el Programa Nacional de Administración de Tierras (PRONAT).

Que las Instituciones Ejecutoras del Programa son: Por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales (DCBP); por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), la Dirección Nacional de Reforma Agraria (DINRA); por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), la Dirección Nacional de Áreas Protegidas; por el Ministerio de Gobierno y Justicia, la Dirección Nacional de Gobiernos Locales y la Dirección de Política Indigenista; por el Ministerio de Obras Públicas, el Instituto Geográfico Nacional "Tommy Guardia"; y el Registro Público de Panamá.

Que la Ley 24 de 5 de Julio de 2006 de conformidad con el artículo 2, estableció que los Acuerdos emanados del Comité Técnico Operativo tienen un carácter obligatorio y por ende sus orientaciones deben ser asumidas por los entes ejecutores en el marco de los procesos de regularización y titulación masiva de tierras.

Que algunos procesos de regularización y titulación de predios realizados anteriormente a través del Sub-Programa de Titulación y Catastro del Programa de Modernización de los Servicios Agropecuarios (OC-PN/924) y por el Programa Nacional de Administración de Tierras no se han culminado los procedimientos de adjudicación por encontrarse pendientes en estos casos los trámites de traspaso de derechos posesorios.

Que existen expedientes cuya documentación puede no corresponder con la posesión en campo del poseedor beneficiario lo que ha podido generarse posterior a los levantamientos de campo realizados a través de los Programas en referencia.

Que es urgente establecer un mecanismo que permita a las Unidades Técnicas Operativas culminar el proceso de titulaciòn y...

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