Resolución Nº 133 de 7 de septiembre de 2007, "POR LA CUAL SE CONCEDE AL LICENCIADO VICTOR JULIO ARENAS ABREGO RENOVACION DE LICENCIA PARA DEDICARSE AL TRANSITO ADUANERO INTERNACIONAL DE MERCANCIAS"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RESOLUCIÓN Nº 133 PANAMÁ, 7 de septiembre de 2007

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

en uso de sus facultades legales,

C O N S I D E R A N D O:

Que mediante memorial presentado ante la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Economía y Finanzas, el Licenciado VICTOR JULIO ARENAS ÁBREGO, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal Nº8-174-153, Agente Corredor de Aduana con licencia Nº182, actuando en su propio nombre y representación, solicita se le conceda renovación de licencia para dedicarse a las operaciones de tránsito aduanero internacional de mercancías que llegan al país para ser reembarcadas, de conformidad los artículos 142 y siguientes del Decreto de Gabinete Nº41 de 11 de diciembre de 2002 y el artículo 2 del Decreto No.130 de 29 de agosto de 1959.

Que el peticionario debe cumplir con las obligaciones y disposiciones legales que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, por conducto de la Dirección General de Aduanas, sobre las operaciones de tránsito de mercancías.

Que entre las obligaciones que señala nuestra legislación vigente, detallamos a continuación las siguientes:

  1. - La presentación de una fianza, en efectivo, bancaria o de seguro, para responder por los impuestos y demás gravámenes que puedan causar las mercancías en tránsito.

  2. - El pago de una tasa de B/.1.25 por cada embarque que se despache al exterior.

  3. - El acarreo de las mercancías en tránsito deberá hacerse en transportes asegurados, en furgones para cargas internacionales con sellos de seguridad.

  4. - No se permitirá la introducción al territorio nacional de mercancías cuya importación esté prohibida, así como las de restringida importación.

Que para garantizar el cumplimiento de las obligaciones antes señaladas, conforme a lo estipulado por el artículo 2 del Decreto Nº 130 de 29 de agosto de 1959, el Licenciado VICTOR JULIO ARENAS ÁBREGO ha consignado a favor del Ministerio Economía y Finanzas/Contraloría General de la República, la Fianza para Corredores de Aduanas No. 89B55740, de 10 de enero de 2007, expedida por ASSA Compañía de Seguros, S.A., por la suma de cinco mil balboas con 00/100 (B/.5,000.00), y que vence el 08 de febrero de 2008.

Que el Licenciado VICTOR JULIO ARENAS ÁBREGO está obligado a mantener vigente...

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