Resolución de Gabinete Nº 68 de 13 de junio de 2007, "QUE APRUEBA LA CELEBRACION DE UN CONTRATO DE EXPLORACION Y EXPLOTACION DE YACIMIENTOS DE HIDROCARBUROS Y AUTORIZA AL MINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIAS, EN REPRESENTACION DEL ESTADO, A CELEBRAR EL CONTRATO CON LA SOCIEDAD HARKEN DE PANAMA LIMITED, DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 8 DE 16 DE JUNIO DE 1987."

RESOLUCIÓN DE GABINETE No.68

(de 13 de junio de 2007)

Que aprueba la celebración de un contrato de exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos y autoriza al Ministro de Comercio e Industrias, en representación del Estado, a celebrar el contrato con la sociedad Harken de Panamá Limited, de conformidad con las disposiciones de la Ley 8 de 16 de junio de 1987

El CONSEJO DE GABINETE,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 8 de 16 de junio de 1987, según el artículo 1, tiene por objeto principal, fomentar y regular las actividades de exploración y explotación de yacimientos de petróleo, asfalto que se encuentre en su estado natural, gas natural y demás hidrocarburos; las de refinación, las de transporte por oleoductos, poliductos y gasoductos; y las de almacenamiento, comercialización y exportación de sustancias explotadas o refinadas;

Que según el artículo 3 de la Ley 8 de 1987, las actividades señaladas en el artículo 1 de la precitada Ley, corresponden al Estado, el que, a través del Ministerio de Comercio e Industrias, podrá negociar y, previa aprobación del Consejo de Gabinete, celebrar contratos de operación y comercialización con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de acuerdo con las previsiones de la ley, así como también regular y fiscalizar la importación, exportación, mercadeo y compraventa de petróleo crudo y sus derivados;

Que la empresa Harken de Panamá Limited ha solicitado, mediante memorial dirigido al Ministro de Comercio e Industrias, celebrar un contrato de operación para la exploración y explotación de hidrocarburos en el área del Golfo de San Miguel y la ensenada de Garachiné, limítrofe con la provincia de Darién;

Que la Dirección Nacional de Hidrocarburos y Energías Alternativas ha evaluado la información presentada por la empresa Harken de Panamá Limited, y ha comprobado que las actividades que la empresa pretende realizar se enmarcan dentro de la Ley 8 de 1987 y el Programa Exploratorio Mínimo que deben llevar a cabo las contratistas según el artículo34 de la precitada Ley,

RESUELVE:

Artículo 1 Aprobar la celebración del Contrato de exploración y explotación de yacimientos de...

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