Acuerdo Nº 15 de 2 de mayo de 2007, "POR EL CUAL SE FIJA EL PRECIO DE LOS LOTES DE TERRENO UBICADOS EN LAS ZONAS SEÑALADAS EN EL ACUERDO MUNICIPAL No. 42 DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2006, DEL DISTRITO DE DAVID, A FAVOR DE SUS OCUPANTES, EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE ADMINISTRACION DE TIERRAS (PRONAT)."

ACUERDO Nº 15

(Del 02 de Mayo del 2007)

"POR EL CUAL SE FIJA EL PRECIO DE LOS LOTES DE TERRENO UBICADOS EN LAS ZONAS SEÑALADAS EN EL ACUERDO MUNICIPAL NO. 42 DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2006, DEL DISTRITO DE DAVID, A FAVOR DE SUS OCUPANTES, EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS (PRONAT)."

EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE DAVID,

En uso de sus facultades legales y;

CONSIDERANDO:

Que este Consejo Municipal, por mandato legal debe velar por el cumplimiento específico de los fines señalados en el Artículo 230 de la Constitución Nacional, referente al desarrollo social y económico de su población.

Que mediante Acuerdo Municipal Nº de 42 deL 20 de diciembre de 2006, por el cual se aprobó la ejecución del Programa Nacional de Administración de Tierra en los ejidos de Portachuelo, San Pablo Nuevo y Chiriquí, e igualmente una vez se culmine con la tramitación de ampliación de ejidos solicitados a través del Acuerdo Municipal No. 11 del 11 de mayo de 2005 de este Consejo y de las futuras solicitudes de ampliación de ejidos en el Distrito de David y en atención al interés social y familiar de los moradores del Distrito.

Que este Consejo Municipal considera necesario fijar el precio de los lotes de terreno que estén ubicados en las áreas señaladas en el Acuerdo Municipal No. 42 del 20 de diciembre de 2006.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO

FIJAR como en efecto se fija, el precio de los lotes de terreno ubicados en las áreas señaladas en el Acuerdo Municipal No. 42 del 20 de diciembre de 2006 del Municipio de David, de acuerdo con las categorías que se describen en el siguiente artículo.

ARTICULO SEGUNDO

Las categorías de precios serán las siguientes:

Categoría 1. Terrenos ubicados colindantes a la Carretera Interamericana, a 100 metros a ambos lados: B/. 2.00 por metros cuadrados.

Categoría 2. Demás terrenos: B/. 0.75 por metro cuadrados.

ARTICULO TERCERO

Durante el período de titulación masiva que efectúa PRONAT se declara la moratoria y para tal efecto, en estas áreas no se cobrará el impuesto de arrendamiento y el presente será aplicable a todos aquellos poseedores que cumplan con su pago total por razón de la compra de la tierra dentro del termino de dos (2) años señalados en este artículo. Cumplido el período antes señalado, y de no haber cancelado la totalidad del valor del terreno, se le incrementará el valor del arrendamiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR