Acuerdo Municipal Nº 3 de 2 de febrero de 2007, "POR MEDIO DEL CUAL SE CREAN ZONAS EN ÁREAS EN ORILLAS DE COSTA PARA PROYECTOS TURÍSTICOS, RESIDENCIALES Y DE USO PÚBLICO".

ACUERDO MUNICIPAL No. 3

POR MEDIO DEL CUAL EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PEDASÍ, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y:

POR MEDIO DEL CUAL SE CREAN ZONAS EN ÁREAS EN ORILLAS DE COSTA PARA PROYECTOS TURÍSTICOS, RESIDENCIALES Y DE USO PÚBLICO.

CONSIDERANDO

Que el artículo 14 de la ley 106 de 1973 modificada por la ley 52 de 1984 nos dice que los Concejos Municipales regulan la vida jurídica de los Municipios por medios de Acuerdos que tienen fuerza de ley dentro del Distrito.

Que el artículo 17 numeral 21 de esta misma ley nos dice que los Concejos Municipales dictaran medidas a fin de proteger y conservar el medio ambiente.

Que es necesario regular por medio de zonas las áreas en orillas de playas que se destinaran para proyectos turísticos, residenciales y de interés público tomando en cuenta refugios de vida y otros elementos importantes para que puedan interactuar la flora y fauna de las áreas con los proyectos.

Que por las consideraciones antes expuestas.

ACUERDA

La zona 1 comprenderá de la desembocadura del Río Purio, está en las coordenadas 7°38800´ latitud 80° 04.70´ longitud hasta las coordenadas 7°37.205´ latitud 80° 02.700 longitud, está zona es de uso público, solo se permitirá construcción de residencias o proyectos turísticos a una distancia de 200 metros de la costa.

Zona 2 comprenderá de las coordenadas 7°37.250´ latitud 80° 02.700 longitud hasta el área conocida como punta El Rincón que está en las coordenadas 7° 35.250 latitud y 80° 02.000 longitud está zona se permitirá construcción de hoteles u otros proyectos de tipo turístico en la franja de costa respetando los 22 metros innajudicables y presentando estudios de impacto ambiental para proteger el refugio de vida Pablo Barrios.

Zona 3 comprende de punta El Rincón coordenadas 7°35.205´ latitud y 80°02.00´ longitud hasta punta Las Magdalenas coordenadas 7°30.750´ latitud y 79° 59.500´ longitud está zona es de uso público pesca artesanal y otras actividades que se acostumbran por moradores de recreación. Solo se permitirá construcción de residencial o proyectos turísticos a una distancia de 200 metros de la costa ya que se encuentra el refugio de vida Pablo Barrios, esta zona es la menos afectada por la mano del hombre la cual debe conservarse.

Zona 4 comprende desde Punta Las Magdalenas coordenadas 7°30.750´ latitud 79°59.500´ longitud hasta Punta Mala coordenadas 7°30.750´ latitud y 80°00.000´ longitud esta área se permitirá construcción de residencias y cualquier tipo de...

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