Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 23 de Diciembre de 2009

PonenteHipólito Gill Suazo
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado O.W., actuando en nombre y representación del señor E.B.B., ha interpuesto recurso extraordinario de casación contra la Sentencia de 8 de septiembre de 2009, proferida por el Tribunal Superior de Trabajo de Primer Distrito Judicial, dentro del proceso común laboral que interpuso contra la Sociedad de Dueños de Caballo de carrera de Panamá.

El señor E.B.W., a través de sus apoderados judiciales, presentó demanda laboral contra la Sociedad de Dueños de Caballo de Carrera de Panamá, para que se le condenara al pago de B/.17,057.70 en concepto de prestaciones laborales adeudadas, por vacaciones, décimo tercer mes, indemnización y prima de antigüedad, más costas, intereses y gastos que genere el proceso, al haber sido despedido injustificadamente del cargo de Coordinador Administrativo que alega ocupó durante 18 años, periodo comprendido desde el 18 de febrero de 1990 a 15 de febrero de 2008, con un salario de B/.300.00 mensual.

El Juzgado Cuarto de Trabajo de la Primera Sección, mediante Auto N°244 de 16 de junio de 2008, declinó a las Juntas de Conciliación y Decisión, el conocimiento de la indemnización y aprehendió el conocimiento de las demás prestaciones reclamadas. Ante esta situación, la demanda fue corregida, quedando el monto en B/.12,650.26.

Mediante Sentencia N°38 de 27 de mayo de 2009, dicho juzgado absolvió a la Sociedad de Dueños de Caballo de Panamá de la obligación de pagar las prestaciones reclamadas, por no haber demostrado que entre ellos existía un relación de trabajo.

Habiendo presentado recurso de apelación el apoderado judicial de la parte actora, se pronunció el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial confirmando la decisión de la primera instancia.

El apoderado judicial del señor B. presentó recurso extraordinario de casación laboral, alegando que la sentencia proferida por la segunda instancia se emitió en violación de la ley sustantiva, específicamente de los artículos 69, 721, 727 y 864 del Código de Trabajo, los cuales sustenta infringidos por: error en la apreciación de la presunción legal, "error in procedendo" y error en la valoración de la prueba (en el caso de las dos últimas normas), respectivamente.

La Sala al proceder a revisar el recurso extraordinario para determinar si cumplía con los requisitos previstos en la ley y la jurisprudencia, llega a la conclusión que la misma no es procedente, en atención a las siguientes consideraciones:

El actor alega que la sentencia...

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