Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 21 de Septiembre de 2006

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El LICDO. E.M.-VALENTINE, interpuso Acción de H.C. a favor de J.T.V. y contra la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas.

Encontrándose en lectura el proyecto mediante el cual se resuelve la mencionada acción, se recibe escrito en Secretaría General, el cual se expresa en los siguientes términos:

HONORABLE MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA SALA SEGUNDA DE LO PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE Quien suscribe, el Licenciado ERNESTO MORA-VALENTINE, de generales descritas en el poder que consta y antecede la acción constitucional de habeas corpus a favor del señor J.T.V., por este medio concurro a su despacho al amparo del articulo 1087 del Código Judicial, y fundado en la facultad específica para desistir que me fuera atribuida por mi poderdante J.T.V. presento formalmente ESCRITO DE DESISTIMIENTO DE LA ACCION CONSTITUCIONAL DE HABEAS CORPUS instaurada.

..."

Consta a foja 1 del cuadernillo el poder otorgado por J.T.V. al prenombrado letrado, en el cual se confiere a éste expresamente la facultad de desistir.

Como quiera que toda persona que ha entablado una demanda, promovido un incidente o interpuesto un recurso, puede desistir expresa o tácitamente del mismo, conforme a lo establecido en el artículo 1087 del Código Judicial, así como toda vez que se ha verificado que el presente caso no se subsume al numeral 3 del artículo 1102 de la...

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