Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 27 de Septiembre de 2004

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la acción de habeas corpus presentada a favor de R.T.V., contra la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas.

La accionante indica que a T. se le está sindicando por la comisión del delito de asociación ilícita para delinquir en delitos relacionados con drogas, a pesar de que en los informes de los agentes que participaron en la operación encubierta nunca mencionaron al beneficiario de la acción en la comisión del ilícito investigado. Además, indica el libelo, el resto de las personas detenidas señalan conocer a T.. Finalmente, agrega la accionante que no se encuentra acreditado en el expediente que el beneficiario de la acción pertenezca a ninguna asociación para delinquir y mucho menos que exista tal asociación ilícita, toda vez que no existen los presupuestos procesales como la existencia de la comisión de varios delitos y además que en base a la penalidad del delito, tampoco amerita detención preventiva (fs.1-7).

El licenciado P.C., F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, al contestar al mandamiento de habeas corpus solicitado informó que ordenó la detención de Torres, en virtud de una Operación Encubierta denominada "León" En dicha operación, agrega el F., el agente encubierto utilizado logró contactar a los vendedores de la supuesta sustancia ilícita lográndose poner de acuerdo en cuanto a la cantidad y el precio de la venta.

Comunica también el F.C. que cuando se procedió en el lugar acordado a la compra y venta controlada de la sustancia ilícita, los sumariados se percataron que era una operación encubierta tratando de fugarse del área en un vehículo que era conducido por el beneficiario de esta acción constitucional.

Sin embargo, finaliza manifestando el funcionario público requerido, que cuando lograron la aprehensión de todas las personas involucradas, la sustancia ilícita decomisada resultó ser azúcar y jabón (fs.15-17).

Conocidos los argumentos sobre los cuales gira la acción de habeas corpus, así como el informe del funcionario acusado, procede el Pleno de la Corte a resolver si la providencia que ordena la detención preventiva cumple con los requisitos que al efecto establece el artículo 2152 del Código Judicial.

Consta en el expediente en estudio el hecho punible imputado, que de conformidad con la providencia que ordena la detención preventiva visible a fojas 125 a 131 de los antecedentes, es un delito contra la salud pública...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR