Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2 de Diciembre de 2002

PonenteJorge Fábrega Ponce
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2002
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Ha ingresado al conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia la Acción de Hábeas Corpus interpuesta por el Lcdo. L.F.M., a favor de R.S.S., M.A.Z. y C.H., y contra el Segundo Tribunal Superior de Justicia, a fin de que se declare ilegal la detención que recae sobre ellos.

Acogido el presente recurso, se libro mandamiento de H.C. contra la autoridad demandada, a fin de que remitiera el informe de conducta. Por lo que mediante Oficio Nº 311-STS-BS, de fecha 29 de octubre de 2002 contestó en lo medular lo siguiente:

...

C) No mantenemos bajo nuestras órdenes a los ciudadanos en mención, toda vez que hasta el momento, en el cual esta Colegiatura tuvo bajo su competencia funcional, la alzada del proceso en cuestión, los procesados no había sido detenidos. Al respecto cabe acotar que al proferirse el auto de segunda instancia, se le dio salida al cuaderno penal y se remitió al Tribunal A-quo, mediante Oficio Nº 2692 de 1º. De julio de 2002. Adjunto a la apresente, remitimos las copias autenticadas del referido Auto No. 64-S.I de 25 de junio de 2002.

...

Atendiendo el traslado y obtenida esta respuesta, el Pleno de la Corte carece de competencia para conocer de la presente Acción de Hábeas Corpus, al tenor de lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 2611 del Código Judicial.

En virtud de lo anterior, la CORTE SUPREMA, PLENO, administrando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR