Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3 de Diciembre de 2004

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La firma forense Orobio & Orobio ha presentado formal acción de Hábeas Corpus a favor de JOSÉ GABRIEL MONTAÑA Y M.H.M. contra la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas.

Los hechos que sirven de fundamento a la solicitud de declaratoria de ilegalidad de la detención se centran en que, se tomó declaración indagatoria sin antes emitir la resolución en la que se solicita dicha diligencia; en consecuencia, tanto la declaración indagatoria como la orden de detención preventiva son nulas. En ninguna de las resoluciones en las que se ordenó la indagatoria se detallan los nombres de los hoy encartados. Reitera que en virtud del quebrantamiento del debido proceso legal, lo anterior da motivo a la nulidad absoluta de lo actuado.

Otro de los elementos esgrimidos para sustentar la presente acción constitucional radica en que "los mismos fueron capturados en una finca que el señor G.M. le había comprado a uno de los señalados como cabecilla de la organización .ninguno de co-investigados (sic) señalan a nuestros clientes como conocer o participe del hecho punible...".

Luego del recibo de la presente acción constitucional, se libró mandamiento de H.C. contra la fiscalía antes señalada y, en su informe de respuesta se expresó haber ordenado la detención preventiva de los encartados a través de resolución de fecha 8 de septiembre de 2003, la cual fue mantenida a través de decisión de 2 de agosto de 2004. Se indica además que:

"Con respecto a dicho planteamiento jurídico procesal que realiza el accionante hemos de recordarle al mismo que de conformidad con el Artículo 1993 de nuestro Código Judicial, es la figura del INCIDENTE DE CONTROVERSIA la vía correcta para demandar la nulidad de cualquier actuación de los agentes del Ministerio Público y no lo es, por tanto, la Acción de H.C.. De manera que para lograr obtener un pronunciamiento sobre dicha causal de nulidad que está aduciendo, debe enderezar su gestión por la vía antes señalada.

Así también hemos de indicar que los presupuestos de la detención preventiva, contenidos en el Artículo 2140 del Código Judicial no exige la existencia previa de la Resolución que haya formulado los cargos penales del imputado, sino que basta con que el '...delito tenga señalada pena mínima de dos años de prisión....'

La presente investigación criminal se inicia mediante

Operativo realizado....durante la semana del 01 al 10 de septiembre de 2003, el

cual dio como resultado la retención del vehículo KIA, TIPO CAMIÓN, CON CABINA

COLOR BLANCA Y CARROCERÍA NEGRA, PLACA Nº 364100...a la altura del Restaurante

Santa Lucía de Aguadulce, a bordo del cual viajaban los ciudadanos John

Fitzgerald Arias Silva y V.M.J.B..

Dentro de dicho vehículo se encontró un doble fondo dividido en tres secciones en el área del vagón, en el que se descubrieron setenta y un (71) paquetes rectangulares con cinta adhesiva de color gris y cinta roja y en tres pares de calzado en forma de botines varios envoltorios plásticos.

Al ser indagado J.F.A.S. éste acepta el transporte de la mencionada droga, cuyo destino era la Provincia de Veraguas, Distrito de Santiago. Relata que el camión le fue entregado en el Rey de Vista Alegre de Arraiján por parte de J.P. alias C. y el trabajo consistía en devolvérselo en el Hotel Piramidal de Santiago, para...

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