Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 6 de Junio de 2006

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de la ACCIÓN DE HÁBEAS CORPUS interpuesta por la ciudadana I.M.M. en nombre de M.C.P.M. y de EDUARDO ALEXANDER HERRERA BEALE, en contra de la FISCALÍA SEGUNDA ESPECIALIZADA EN DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS.

LA ACCIÓN DE HÁBEAS CORPUS

La ciudadana en mención explica que PAZ y HERRERA se encuentran detenidos desde el 20 de enero de 2006 en la Sub-Estación de Policía del Corregimiento de P.L., sin que exista orden de detención proferida en su contra por la agencia de instrucción ya citada (f.1).

INFORME DE CONDUCTA DEL SERVIDOR PÚBLICO REQUERIDO

La FISCALÍA SEGUNDA ESPECIALIZADA EN DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS manifestó que sí ordenó la detención preventiva de MARÍA CRISTINA PAZ MINA y de EDUARDO ALEXANDER HERRERA BEALE, por su vinculación con la comisión de DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA. En cuanto al fundamento de hecho y de derecho que sustenta la medida privativa de la libertad, expresó que tras la Diligencia de Allanamiento efectuada el 20 de enero de 2006 a la residencia de la imputada y del ciudadano EDUARDO ALEXANDER HERRERA BEALE, se encontraron ochenta y nueve balboas (B/89.00) en billetes de uno, seis billetes de cinco balboas (B/5.00) y una pequeña botella que contenía una sustancia líquida transparente, con la etiqueta"ETHER" (f.5). Con estos antecedentes, emitió la resolución de 27 de enero de 2006, mediante la cual le formuló cargos en contra de HERRERA y PAZ, y mediante providencia de 2 de febrero de 2006, ordenó la detención preventiva de estos ciudadanos, fundado en el artículo 2140 del Código Judicial (f.5).

Agrega que la prueba de análisis al líquido que contenía la botella etiquetada ETHER, determinó lo siguiente:

"La muestra analizada resultó negativa para la determinación de DROGA ILÍCITA y fue identificada como ETHER DE PETRÓLEO, que un solvente que lícitamente se Emplea en la preparación de hacis (sic) a partir de la hoja de MARIHUANA y en la preparación de Cocaína"(f.6. El subrayado es del servidor público requerido).

Sobre este mismo aspecto, expresó que ese producto es "... de uso restringido que no puede ser utilizado por particulares, y cuyo uso se encuentra permitido a nivel industrial bajo algunas medidas de control que se encuentran establecidas por el sistema de salud del estado (sic) (f.69.

El funcionario de instrucción concluyó que "... si bien no se ha podido lograr la incautación de sustancias ilícitas durante la diligencia de Allanamiento, no menos cierto...

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