Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 7 de Octubre de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado M.C., anunció recurso de apelación contra la Sentencia 1ra. I.. Nº 60 de 22 de julio de 2004, proferida por el Segundo Tribunal Superior, que declaró legal la detención de ANTHONY DE GRACIA y FELIPE DE GRACIA.

Al conocer de la presente acción constitucional en primera instancia, el Tribunal Superior fundamentó su decisión en el hecho que "... es incuestionable la concurrencia de los presupuestos legales exigidos por el artículo 2152 del Código Judicial, para sustentar la legalidad de la medida cautelar personal cuestionada, por cuanto el proceso es conducido por autoridad competente; a los señores imputados les asiste un abogado defensor; el delito consiste en un hurto agravado, el cual fue perfeccionado, pues a los señores imputados los sorprendieron en flagrancia dentro de la residencia ajena...".

El Pleno observa que, mediante Resolución de 10 de junio de 2004, el Agente de Instrucción Delegado de la Fiscalía Auxiliar de la República, dispuso ordenar la detención preventiva de FELIPE DE GRACIA PÉREZ y A.A. DE GRACIA, por infractores de las disposiciones legales contenidas en el Título IV, Capítulo I, Libro II del Código Penal.

En ese orden de ideas, esta Superioridad advierte que, de conformidad con las constancias procesales, los beneficiarios de esta acción constitucional fueron sorprendidos en flagrancia por agentes de la Policía Nacional, en momentos en que se encontraban dentro del inmueble de propiedad del señor YU HUA ZHANG ubicado en Villa Lucre, Colonias de Boulevard, casa 198.

Lo anterior es corroborado por el Cabo 2do. de la Sub Estación de V.L., R.G.A., cuando en declaración jurada manifiesta lo siguiente:

"... me encontraba de recorrido en mi moto 1223 en compañía del Cabo 2do. E.C., cuando vía radio nos informó que procediéramos al sector de Colinas de Boulevard, C.R., la residencia 198, ya que mediante información telefónica que habían suministrado moradores del sector que se habían introducido varios sujetos, al llegar al lugar nos percatamos que se mantenían las verjas del baño forzada, ya que le faltaban tres (3) barrotes por lo que rodeamos la residencia tomando las medidas de seguridad necesaria...".

Igualmente, y en ese mismo sentido el propietario del inmueble, YU HUA ZHANG, señaló en denuncia interpuesta ante el Centro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR