Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 9 de Julio de 2004

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Ingresó al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de hábeas corpus preventivo presentada por el Lcdo. N.F.A. a favor de A.R.Q..

Realizado el reparto respectivo, el Magistrado Sustanciador, acogió el mismo y libró mandamiento de hábeas corpus contra la autoridad demandada, la cual dio contestación mediante escrito de fecha 11 de junio de 2004, en los siguientes términos:

PRIMERO: No es cierto que se ordenó la detención de A.R.Q..

SEGUNDO: No es cierto que existen motivos de hecho ni de derecho en la Sub-Estación del D.I.I.P. Los Robles Sur a detenerlo.

TERCERO: No es cierto que se (sic) tememos bajo nuestra custodia al prenombrado A.R.Q..

CUARTO: como tampoco es cierto que el día 3 de junio de 2004, el personal de las Sub. D.I.I.P de los Robles Sur se apersonó a la residencia del prenombrado A.R.Q., y mucho menos a detenerlo.

Así las cosas, advierte la Sala que el favorecido con la presente acción de hábeas corpus no se encuentra detenido, por lo cual lo pertinente es declarar el cese del procedimiento, tal como lo dispone el artículo 2581 del Código Judicial.

En consecuencia, la Corte Suprema...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR