Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 10 de Octubre de 2006

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Pleno de esta Corporación de Justicia, mediante resolución judicial fechada 26 de abril de 2006, resolvió no admitir la acción de hábeas data, formulada por el señor K.H. contra el DIRECTOR DE LA POLICIA NACIONAL.

Contra dicha resolución judicial, el señor K.H. ha promovido solicitud de aclaración, básicamente, con el propósito que se le aclare el fallo en lo que respecta al término para responder que tenía el funcionario demandado (f.13).

Esta Superioridad debe precisar que la figura de la aclaración, es un remedio procesal que se encuentra instituido, exclusivamente, para esclarecer frases obscuras o de doble sentido, consultables en la parte resolutiva de la resolución judicial, tal como claramente se desprende del texto del artículo 999 del Código Judicial.

La jurisprudencia nacional confirma ese criterio de ley, cuando en reiteradas ocasiones, ha señalado que la solicitud de aclaración, es un remedio que prospera en el evento que una resolución judicial, contenga puntos oscuros en su parte resolutiva, por lo que no se trata de otra instancia, en la que puedan debatirse las motivaciones del fallo, o las razones por las cuales se negaron las pretensiones del demandante (Cfr. Resolución Judicial del Pleno de la Corte de 30 de septiembre de 2000).

En el presente caso la Corte no admitió la acción de hábeas data propuesta porque la petición de información que originó la...

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