Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 13 de Octubre de 2004

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Para conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, ha ingresado Acción de H.C. interpuesta por la Licenciada ASUNCIÓN ALONSO DE M., a favor de M.V. F.T., quien se encuentra detenida en el Centro de Rehabilitación Femenino, a órdenes del F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas por la supuesta comisión de un delito Contra la Salud Pública (drogas).

ARGUMENTOS DEL ACCIONANTE

El recurrente señala, a través de su escrito, que su defendida es inocente puesto que no existen suficientes medios probatorios que acrediten la vinculación de M.V.F.T. con el ilícito que se le imputa, ya que el día 28 de noviembre del 2003, fecha en que la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas realizó el allanamiento a la residencia de la asistida, el único dinero encontrado por las autoridades fue la cantidad de treinta y cinco balboas (35), entre los cuales no se hallaba ninguno de los billetes marcados utilizados en la diligencia de compra simulada de sustancia ilícita.

También se encontró un carrizo recortado y sellado por uno de sus extremos, el cual al ser analizado por el Departamento de Criminalística de la Policía Técnica Judicial arrojó resultado Positivo a la sustancia conocida como Cocaína en la cantidad de 0.01 gramos, cantidad que en la tabla del Instituto de Medicina Legal no constituye ni una dosis, por lo que se considera que esta sustancia ilícita era para consumo personal.

Finalmente el defensor señala que el delito se encuentra tipificadoen el artículo 260 del Código Penal y conlleva pena mínima de un año deprisión, lo que significa que la detención preventiva de MARGARITA VIDELCA FIGUEROA TULLOCK no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2140 del Código Judicial, por lo tanto puede ser beneficiaría con una medida cautelar.

ARGUMENTOS DEL FUNCIONARIO DEMANDADO

Acogida la presente Acción, se procedió a librar mandamiento de Hábeas Corpus contra la autoridad demandada en este caso, el F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, el cual mediante Oficio FD-T07-3824-2004 de 20 de julio de 2004, respondió al Magistrado Sustanciador lo siguiente:

  1. Si es cierto que este despacho ordenó la detención preventiva de la señora M.F.T., mediante Providencia de 04 de diciembre de 2003 (fs. 110 a 117).

  2. LAS RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO QUE MOTIVARON LAS DECISIÓN ATACADA LA EXPONEMOS A CONTINUACIÓN:

La investigación penal bajo estudio tiene su génesis para la fecha del 6 de noviembre de 2003 cuando esta Agencia del Ministerio Público mediante resolución y con fundamento en el Artículo 25 del Texto Único de La Ley 13 de 27 de julio de 1994, autoriza la compra de drogas simulada de forma sucesivas, a fin desmantelar a un grupo de vendedores locales, de los cuales se contaba con información que indicaba que operaban en Río Abajo, C.D., Barraca No. 2206.

Previo a ello el 10 de octubre de 2003 sedesarrolla una VIGILANCIA a los cuartos No. 1, 3, 9 y...

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