Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 14 de Febrero de 2005

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia en grado de apelación de acción de Amparo de Garantías Constitucionales promovido por el licenciado F.R.G., en nombre y representación de la sociedad YO Y TU, S.A. contra el Director Provincial de Comercio e Industrias de la Provincia de Coclé.

La alzada se dirige contra la resolución de 1 de diciembre de 2004, proferida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial (Coclé y Veraguas), mediante la cual no se admite el Amparo de Garantías Constitucionales propuesto (f. 14).

Básicamente el Aquo no admitió el amparo de garantías constitucionales por considerar que: 1. no existe orden de hacer o de no hacer emitida por el Director de Comercio de la Provincia de Coclé (f. 16), 2. no se ha agotado la vía gubernativa (f. 17) y, 3. no existe gravedad e inminencia del daño (f.18).

Procede la Corte Suprema de Justicia a resolver el recurso de apelación anunciado.

Un examen del libelo de amparo permite advertir que adolece de defectos que lo hacen inadmisible según lo establecido en los artículos 2615 y 2619 del Código Judicial en concordancia con el artículo 54 de la Constitución Nacional, así como la interpretación y aplicación que de ellos ha venido haciendo la jurisprudencia de esta Corporación de Justicia.

En primer lugar, el amparista sostiene que la orden de no hacer consiste en la negativa verbal del Ministerio de Comercio e Industrias de Coclé, de no concedero expedir la licencia Comercial Tipo "B" a favor de la Sociedad YO Y TU S. A., a pesar de haberse cumplido con todos los requisitos exigidos por el Código de Comercio y la Ley No. 25 de 1994, cuando indica que "la Dirección Provincial del Ministerio de Comercio e Industrias bajo la jefatura del señor J.C.A., de manera verbal le ha manifestado al mismo representante legal de la sociedad y al abogado que hace la solicitud...que dichas licencias estan (sic) suspendidas por ordenes superiores" (f. 5).

En tal sentido solicita, que el Director Provincial del Ministerio de Comercio e Industrias "sea conminado u ordenado a expedir licencia Comercial Tipo "B", a favor de la Sociedad YO Y TU, S.A., para que opere el negocio de Alojamiento Ocasional en el área del Corregimiento de Penonomé, toda vez que hasta la fecha no ha sido concedida a pesar de haberse solicitado desde el día 6 de septiembre de 2004"(f. 3).

La Corte comparte el criterio externado por el Tribunal Superior en la resolución impugnada, pues de acuerdo al propio...

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