Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 16 de Marzo de 2007

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la acción constitucional de hábeas corpus interpuesta por el licenciado C.M.T.R. en nombre y representación de los señores SEBASTIAN MESA LOPERA y NORBERTOCARRASCAL, sindicados por delito contra la salud pública relacionado con Drogas.

Indica en lo medular el activador de esta iniciativa constitucional, que a la fecha, un año y días después de haberse detenido a sus patrocinadores, no se les ha tomado su respectiva declaración indagatoria debido a que el proceso se encuentra paralizado en esta Superioridad en razón de que el Ministerio Público "solicitó autorización para investigar al Diputado de la Asamblea Nacional ROGELIO ALBA FILOS y designación de la Procuradora General de la Nación como agente instructora del proceso".

Siendo la declaración indagatoria la piedra angular de la defensa por cuanto que la misma permite que el procesado efectúe los descargos correspondientes, considera el recurrente que se han ha violado principios rectores relativos al debido proceso como son: Principio de bilateralidad, Contradicción, presunción de inocencia y defensa natural. Ante estas violaciones lo que deviene - arguye la defensa- es la nulidad del proceso y la declaratoria de ilegalidad de la detención preventiva dictada contra sus representados.

Acogida la acción constitucional, se libró el mandamiento correspondiente contra la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas mediante resolución de 16 de febrero de 2007, a fin que remitiese informe sobre los puntos que trata el artículo 2591 del Código Judicial, lo cual hizo mediante Oficio FD-2/OP-1/1146/-06, fechado 26 de febrero de 2007, indicando que no mantenía a su cargo sumario alguno en que figurase como imputados los señores SEBASTIÁN MESA LOPERA Y N.C.. Por este motivo, se libra mandamiento contra la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, la cual responde mediante Oficio No. FD-1/OP-1/0020/exp.769-05, fechado 2 de marzo de 2007, en los términos siguientes:

"1. Este Despacho de Instrucción sí ordenó la detención preventiva de SEBASTIÁN MESA LOPERA Y N.C., al encontrarse vinculado a la comisión de delito Contra la Salud Pública, el cual se encuentra regulado en el Capítulo V, Título VII del Libro II del Código Penal.

  1. - Los motivos o fundamentos de hecho y de derecho que tuvo éste Despacho para disponer la detención preventiva de SEBASTIÁN MESA LOPERA Y N.C., se encuentran plasmados en...

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