Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 22 de Enero de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución22 de Enero de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La doctora A.L. de Vallarino, en representación de V.C.N., ha interpuesto recurso de apelación contra la Resolución de 27 de agosto de 2003, dictada por el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia que no concede el amparo de garantías constitucionales promovido por V.C.N., en contra del auto No.276-03 J.P.N.A.-A de 13 de agosto de 2003, dictado por el Juez Suplente Primero de Niñez y Adolescencia de Panamá dentro del proceso de guarda, crianza y Educación, promovido a favor de la niña P.L.C.H..

El Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia no admitió el amparo por considerar que la misma no es la vía idónea para revisar alegaciones de carácter probatorio, pues ello conllevaría la desnaturalización de este remedio legal. También señala dicho Tribunal que no existe en el expediente ninguna constancia de que el amparista haya agotado los recursos impugnativos contra el fallo, antes de promover esta acción, ya que el recurrente tenía a su alcance el recurso de apelación, tal como lo dispone el ordinal 6 del artículo 1131 del Código Judicial.

El Pleno observa que la demanda está dirigida contra la orden contenida en el auto No.276-03 J.P.N.A.-A de 13 de agosto de 2003, dictado por el Juez Suplente Primero de Niñez y Adolescencia de Panamá y cuya parte resolutiva dispone lo siguiente:

PRIMERO: DECLARAR la sustracción de materia en cuanto a la solicitud de que la niña P.L.C.H. departa con su hermano ALFREDO el día 25 de julio de 2003.

SEGUNDO: ORDENAR que en lo sucesivo, en la entrega y recepción de la niña P.L.C.H., se cuente con el apoyo de unidades de la Policía de N. y Adolescencia más cercana a la residencia del padre de la niña.

TERCERO: OFICIAR a la Policía de N. y Adolescencia, a fin de que se designe unidades de dicha institución, para que se encuentren presente en la entrega y recepción de la niña P.L.C.H. y su madre, señora L.H., unidades que preferiblemente deben ser femeninas.

CUARTO: RECHAZA de plano el Incidente de Suspensión de Visitas entre la niña P.L.C.H. y su madre L.H., presentado por la Dra, ALMA LÓPEZ DE VALLARINO.

La doctora A.L. de Vallarino fundamenta su recurso de apelación señalando que el Tribunal Superior al mantener las órdenes impugnadas y no conceder el recurso de amparo de garantías interpuesto, resolvió contrario a otros fallos emitidos tanto por el propio Tribunal Superior como por la Corte Suprema de Justicia, en el sentido de considerar de que porque no se agostó la vía ordinaria, el recurso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR