Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 26 de Agosto de 2004

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución26 de Agosto de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La firma de abogados Morgan & Morgan, actuando en nombre y representación de la empresa X-Steel, S.A., ha presentado demanda de amparo de garantías constitucionales contra la orden de hacer proferida por el Director General de Trabajo, mediante providencia de traslado fechada el 31 de mayo de 2004, que le insta a que conteste y negocie un pliego de peticiones incoado el 12 de mayo de 2004 por el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción y Similares (SUNTRACS), que fuera notificado a la empresa el 1 de junio de 2004.

Según el amparista, la orden de hacer acusada es violatoria del artículo 32 constitucional, que establece el derecho fundamental de gozar de un debido trámite en todo tipo de proceso. Considera el amparista, que la infracción de este precepto se produjo por la no acumulación -habiendo lugar a ello, según afirma, con apoyo en el artículo 431 del Código Laboral- de sendos pliegos de peticiones presentados en su contra ante la autoridad laboral por el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción y Similares (SUNTRACS) el 12 de mayo de 2004 y el Sindicato Nacional de Trabajadores Auténticos de la Construcción y Afines (SINTRACONA), incoado el 8 de junio de 2004 (Cf. f. 7).

Admitida como fue la presente demanda se requirió a la autoridad demandada un informe de conducta o, en su defecto, el envío de copia de la actuación para conocer los antecedentes de la causa sometida a consideración. Mediante Nota No. 662-DGT-04, de 5 de julio de 2004, el señor Director de la Dirección General de Trabajo envió el expediente administrativo laboral que contiene la sustanciación generada a raíz del pliego de peticiones que hizo el SUNTRACS a la empresa X-Steel, S.A., por presunto incumplimiento de ciertas normas del Código de Trabajo.

En la referida Nota, el Director General informa que en los antecedentes remitidos "...reposa un acuerdo que da fin a esta controversia" (Cf. f. 83 del cuadernillo de amparo).

En efecto, a fojas 52 de ese dossier consta un acta de terminación del conflicto suscrito entre el SUNTRACS y la empresa amparista, acompañado de un acuerdo suscrito por los delegados de ambas partes (f. 53).

Con esta actuación de los interesados en la contienda de trabajo, el presente proceso de amparo ha devenido sin objeto. La pretensión principal de este proceso que consiste en que el Tribunal de Amparo revoque la orden de hacer por medio de la cual se le corría traslado del pliego de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR