Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 26 de Agosto de 2005

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución26 de Agosto de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Cursa ante el Pleno de la Corte Suprema, la acción de Hábeas Corpus formalizada por el licenciado G.O.J., contra la FISCALÍA TERCERA ANTICORRUPCIÓN y en favor del señor EMIS EDUARDO RAMÍREZ, sindicado por la presunta comisión del delito contra el Pudor, la Integridad y la Libertad Sexual, en perjuicio de una persona menor de edad.

Antes de entrar en las consideraciones de fondo, es importante hacer referencia al escrito de desistimiento que ante esta sede, presentó el accionante.

Al respecto, estima el Pleno de la Corte que procede admitir el mismo, por cuanto está acreditado en el expediente penal (fs.829), que el licenciado G.O.J., promotor de la presente acción constitucional, es al menos el apoderado judicial del sumariado en el proceso penal, con facultad expresa para desistir; y por la responsabilidad que le cabe al apoderado de defender los intereses de su cliente, ejercitando las acciones y medios de defensa que estime pertinentes, se entiende que actúa en nombre y representación de su poderdante.

Por lo anterior, y con base en los artículos 1087 y 1098 del Código Judicial, procede admitir el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por el licenciado G.O.J..

En virtud de lo expuesto, la Corte...

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