Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 27 de Agosto de 2004

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución27 de Agosto de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Licenciado M.B.G. ha interpuesto acción de habeas corpus a favor de C.A.Z.V. contra la Fiscalía Segunda de Drogas.

Manifiesta la parte actora que al momento en que se le formularon los cargos al imputado Z.V., la Fiscalía con fundamento en el artículo 2090 del Código Judicial, dejó transcrito que el cargo que se le hacía al imputado era por el delito de asociación ilícita para delinquir (f. 375). Mediante providencia de 28 de noviembre de 2003, se ordenó la detención preventiva de manera ilegal, de C.Z., pretextando la vinculación existente entre el imputado y el hecho investigado por razón de que el mismo, había vendido a S.G.L., otro de los imputados unos aparatos tricom (f. 616 a 637).

Continua explicando el recurrente que no existe en el expediente prueba alguna que acredite de manera veraz, la existencia del delito relacionado con droga. Considera que el informe de inteligencia policial relacionado a la "Operación J" (f.101 a 108), no es un elemento probatorio.

Acogido el presente negocio, se libró el mandamiento de habeas corpus contra el F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, mediante providencia de 28 de junio de 2004, quien rindió su informe mediante Oficio No. FD02-T02-3412 de 1 de Julio de 2004 que en sus principales líneas expresa:

"PRIMERO: Si es cierto que ordené la DETENCIÓN PREVENTIVA de C.A.Z.V. mediante providencia fechada veintiocho (28) de noviembre del año dos mil tres (2003).

SEGUNDO

Los fundamentos de hecho y de derecho que nos llevaron a tomar la decisión de ordenar la DETENCIÓN PREVENTIVA del señor C.A.Z.V. se basa en lo siguiente:

HECHOS QUE DIERON ORIGEN A LAS SUMARIAS.

Esta agencia de instrucción, recibió informe de inteligencia preparado por miembros de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional, el cual se refiere a la existencia de un grupo criminal en nuestro país, dedicado al TRAFICO INTERNACIONAL DE DROGAS y BLANQUEO DE CAPITALES provenientes de dicha actividad ilícita, liderizado por el ciudadano colombiano; B.F.R.V.....

En el citado informe se indica que B.R., ha utilizado varios puntos de nuestra geografía en donde son creadas pistas de aterrizaje clandestinas para lograr el arribo y salida de aeronaves que recogen la carga ilícita para su transporte a otros países, entre los lugares tenemos; una pista en el sector de La Concepción de Parita, provincia de H., una pista en Penonomé, y dos pistas en el Corregimiento de H., Provincia de Chiriquí.

El sábado veintidós (22) de noviembre del año en curso, producto del seguimiento a integrantes del grupo criminal que se desplazaban desde la ciudad de Panamá con una hélice de avión hacia el interior del país, fue detectada, en una pista clandestina ubicada en el sector conocido como "Boca Chica", Corregimiento de H., Provincia de Chiriquí, una aeronave con matrícula o registro número N4863Q, la cual arribó a nuestro país de manera ilegal, es decir, sin las debidas comunicaciones de vuelo a las autoridades de la Dirección de Aeronáutica Civil.

Dicha aeronave, según las informaciones policiales, es utilizada por B.F.R.V. o J.C.V. MORALES para el transporte de drogas ilícitas hacia el norte del continente.

En la citada aeronave fueron recogidas muestras, para ser sometidas a un análisis de iones, lo cual arrojó resultados positivos para la existencia de COCAINA.

Con base en lo anterior, se logró la retención de un número plural de ciudadanos colombianos y del señor C.Z., panameño, ordenándose la recepción de indagatoria de los mismos, veamos seguidamente lo declarado por algunos de los sindicados;

MARIO GERMAN A. REGIFO

El indagado manifiesta, que BAYRON le pidió que llevara la hélice hasta H., que recogió al señor C.Z. y fueron a la empresa DHL, que luego de retirar la hélice, le dio a ZELEDÓN la suma de cincuenta dólares por ello.

M.G.L.

Indica conocer al señor ZELEDÓN de la Zona Libre. Asegura que fueron retenidos cuando iban a buscar el teléfono de su hermano S. a la casa de ZELEDÓN. El indagado manifiesta que todos ellos (S., MARIO y WILSON) conocen al señor...

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