Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 30 de Diciembre de 2002

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2002
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la solicitud de hábeas corpus presentada por Audivet Mendoza y M.T. a favor de L.E.A.T., imputado en la comisión de un delito contra la vida y la integridad personal, en perjuicio de E. De La Cruz Sánchez, contra el F.T. Superior del Primer Distrito Judicial.

La acción de hábeas corpus es fundamentada por los petentes en que L.A.T., el día 19 de abril de 2002, se acercó a la Policía de P.L. y desde entonces está detenido en detrimento de disposiciones constitucionales y legales, por lo que solicitan al Tribunal que declaren ilegal su detención (foja 2).

Recibida la citada petición en tutela de la libertad corporal del prenombrado sindicado, el Magistrado Sustanciador libró el mandamiento correspondiente, a través de proveído fechado el 12 de noviembre de 2002, que fue respondido por el Fiscal Tercero Superior, mediante Oficio No. 1576, de 15 de noviembre de 2002 (fojas 5-6).

En este documento, el agente del Ministerio Público requerido informa al Pleno que la detención preventiva de L.E.A.T. fue ordenada por la Fiscalía Auxiliar de la República, según providencia de 23 de abril de 2002 (fojas 63-64), porque este despacho fue el que inició la investigación. Señala que dicha resolución contiene los fundamentos de hecho y derecho que apoyan la medida cautelar cuestionada, que cumple con los artículos 2140 y 2152 del Código Judicial.

Agrega el Agente del Ministerio Público que los imputados F.E.O. y L.A. T., al rendir indagatoria, se hicieron serios y directos señalamientos de los que se desprenden motivos de responsabilidad penal, los que fueron ratificados (foja 5).

Luego de este breve recuento, procede el Tribunal a decidir el mérito de la acción de hábeas corpus ensayada a favor de L.A.T., sindicado por un delito contra la vida e integridad personal en perjuicio de E. De La Cruz Sánchez.

Preliminarmente, es necesario señalar que la encuesta penal a la que accede esta acción se inicia el día 20 de abril de 2002, cuando en horas de la mañana en el Corregimiento de Pueblo Nuevo, C.N., casa No. 18, es encontrado en su habitación el cuerpo exánime de una persona que resultó ser E. De La Cruz, panameño de 83 años de edad, ubicado en una cama y atado de pies y manos con una mordaza en su boca.

El examen médico legal preliminar del facultativo que acudió a la escena del delito durante la diligencia de levantamiento del cadáver, determinó como causa de la muerte la "asfixia por sofocación"...

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