Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 30 de Diciembre de 2004

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado R.C.S. ha presentado formal acción de Amparo de Garantías Constitucionales a favor de S.S. contra la resolución proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia de 10 de septiembre de 2004.

Indica el recurrente que se trata de una orden de hacer contenida dentro de una resolución de segunda instancia, la cual se dictó en atención a la existencia de un proceso ordinario de mayor cuantía propuesto por el señor V.M.F. contra S.S. e International Supplies and Services. Por medio de la ya citada resolución se modifica la sentencia de 22 de enero de 2001, proferida por el Juzgado Sexto de lo Civil, y en consecuencia se condena a la señora S.S. a pagarle al señor M.F. la suma de B/.8,146.00, así como las correspondientes costas.

De los hechos que sustentan la presente acción constitucional, se logra verificar que la resolución impugnada es consecuencia de un juicio ordinario de mayor cuantía interpuesto por el señor Víctor Méndez

Fábrega, en el que se exigía el pago de los perjuicios ocasionados con la construcción de una vivienda de campo propiedad de la sociedad Bisnietos de E.S., S. A. Sociedad ésta a la que según el recurrente, le correspondía como persona legitimada, presentar dicha demanda y no así al señor M.F. a título personal y sin la debida autorización por parte de la sociedad para ello.

Agrega el petente que el tribunal respectivo dejó de pronunciarse respecto a la ilegitimidad de personería de una de las partes, así como de la falta de competencia del tribunal de la provincia de Panamá, toda vez que el bien motivo de la disputa, se encuentra ubicado en la provincia de Colón. Situaciones estas que traen como consecuencia la nulidad de todo lo actuado y la declinación de la competencia en los tribunales de la provincia de C..

En ese sentido, considera el recurrente que la resolución impugnada contraviene las disposiciones constitucionales contenidas en los artículo 17 y 32 de la Constitución Política.

Consideraciones y Decisión del Pleno:

Luego de expuestas estas consideraciones, corresponde al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, y que rigen la materia de Amparo de Garantías Constitucionales.

Así las cosas, es de lugar indicar que como bien preceptúa el artículo 101 del Código Judicial, los negocio que han de ser de conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, deben ser dirigidos al Presidente de esta Corporación de Justicia, situación que no se produjo en el presente caso.

Tal y como se indicó anteriormente, la resolución que se impugna por este medio versa sobre la modificación de la sentencia Nº2 de 22 de enero de 2001, específicamente en los acápites a y g de la parte resolutiva de la misma, sin embargo, al comparar la parte resolutiva de la resolución que se impugna con la dictada por el Juzgado Sexto de Circuito Civil, se observa que a través de esta modificación no se ordena a la parte petente la ejecución o no de un acto, sino que con ella se corrigen más bien errores numéricos. Razón esta que nos lleva a concluir, que la orden impugnada no constituye una orden de hacer o no hacer. Transcribamos ambas resoluciones para que se constate lo antes dicho:

"...a través de la Sentencia Nº2 de 22 de enero de 2002, proferida por el Juzgado Sexto de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, cuya parte resolutiva es del tenor siguiente

:a) CONDENAR a S.S. a pagarle a V.M.F. la suma de B/.9,200.00 en concepto de capital, más los intereses legales que se calcularán a partir de la ejecutoria de esta decisión:

g) Las costas a cargo de S.S. y...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR