Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 31 de Marzo de 2005

PonenteJorge Federico Lee
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoció del amparo de garantías constitucionales propuesto por la firma forense CASTILLO, CASTILLO Y ASOCIADOS, contra la sentencia de 3 de marzo de 2004 dictada por el Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, dentro del incidente de cobro de honorarios presentado por dicha firma en el proceso ejecutivo hipotecario que promovió FINANCIERA PRESTOMATIC, S.A. contra M.C..

La causa constitucional fue resuelta por el Pleno mediante resolución fechada 27 de septiembre de 2004.

La parte resolutiva, tal como se transcribió, es autocontradictoria, pues REVOCA la aludida sentencia de 3 de marzo de 2004, pero seguidamente NO CONCEDE el amparo impetrado contra ella.

Tal como se consigna de manera clara en su parte motiva, el Pleno concluyó en esta causa que no se había producido la infracción constitucional alegada por el amparista, de modo que la decisión que resulta lógicamente de la motivación es la de no conceder el amparo. Es evidente, por tanto, que la incongruente expresión de revocar el acto atacado obedece a un error de escritura.

En estas circunstancias, se hace imperativo corregir el error existente, de conformidad con lo previsto en el artículo 999 del Código Judicial, el cual permite que en cualquier tiempo se corrija de oficio o a solicitud de parte toda decisión judicial, sea de la clase que fuere, en que se haya incurrido, en su parte resolutiva...

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