Acuerdo Municipal N° 3. Por medio del cual el consejo municipal del distrito de taboga autoriza, a la alcaldesa municipal, sra. magaly ricord, en su calidad de representante legal a celebrar y suscribir nuevo contrato de arrendamiento de un local municipal con la corte suprema de justicia, juzgado mixto municipal.

Fecha de publicación16 Abril 2024
Fecha08 Marzo 2024
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE TABOGA / PANAMÁ
No. 30011 Gaceta Oficial Digital, martes 16 de abril de 2024 1
REPUBLICA DE PANAMA
CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TABOGA
ACUERDO MUNICIPAL N°3
Del 8 de Marzo de 2024
“POR MEDIO DEL CUAL EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TABOGA AUTORIZA, A LA
ALCALDESA MUNICIPAL, SRA. MAGALY RICORD , EN SU CALIDAD DE REPRESENTA NTE LEGAL A
CELEBRAR Y SUSCRIBIR NUEVO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN LOCAL MUNICIPAL CON
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, JUZGADO MIXTO MUNICIPAL.”
EL CONCEJO MUNICPAL DEL DISTRITO DE TABOGA
En uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 329 del Código Judicial establece como facultades de la Procuradora General de la
Nación las de crear agencias de instrucción o sustituir las existentes, introducir cambios en el
número, nomenclatura, organización administrativa y ubicación de las Agencias la Corte Suprema
Que en el Distrito de Taboga, se sitúa un Juzgado Municipal, que de conformidad con el numeral 1
del artículo 362 del Código Judicial, le c orresponde instruir las sumarias y en general, ejercer la
acción penal respecto de los delitos de conocimiento de los Jueces Municipales.
Que el Juzgado Mixto Municipal del Distrito de Taboga, se encuentra ubicada en un local municipal,
dentro del Edificio del Municipio de Taboga, Planta baja, ubicado en la Calle Esquivel Fuentes,
Corregimiento de Taboga Cabecera.
numeral 7 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, contemplan como funciones del Concejo
Municipal, disponer de los bienes y derechos del Municipio, para la eficiente pre stación de los
servicios públicos municipales.
Que el artículo 17 numeral 11 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, sobre el Rég imen Municipal,
establece que es competencia del Concejo Municipal, autorizar y a probar la celebración de
contratos sobre concesiones y otros modos de prestación de servicios públicos municipales, así
como lo relativo a la construcción de obras públicas municipales.
Que de conformidad con el artículo 14 de la Ley 106 de 8 de oct ubre de 1973 los Concejos
Municipales, regulan la vida jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tiene fuerza de
Ley dentro del respectivo distrito.
Que por las consideraciones anteriores, el Concejo Municipal de Taboga,
ACUERDA:
PRIMERO: AUTORIZAR a la Alcaldesa del Distrito de Taboga, la Sra. Magaly Ricord. EN SU CALIDAD
DE REPRESENTANTE LEGAL A CELEBRAR Y SUSCRIBIR NUEVO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, de un local municipal, que en su totalidad mide veintidós metros
cuadrados (22 mts2 ), dentro del Edificio del Municipio, ubicado en la Calle Esquivel Fuentes,
Corregimiento de Taboga Cabecera, donde funciona el Juzgado Municipal de Taboga.

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