Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Septiembre de 2002

PonenteADÁN ARNULFO ARJONA L.
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2002
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

En grado de apelación conoce el resto de la Sala Tercera de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, interpuesta por el licenciado A.S.V.R., en representación de ASESORÍA EN RECURSOS GEOAMBIENTALES Y RENOVABLES, S.A., para que se declare nula, por ilegal, la Resolución N1 070-2002 de 4 de febrero de 2002, dictada por el Administrador de la Región Interoceánica (ARI), el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

La presente demanda no fue admitida por el Magistrado Sustanciador, mediante auto de 29 de julio de 2002, basándose en los siguientes argumentos:

"...se advierte, que el demandante incumplió lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley N1 135 de 1943, ya que la copia del acto impugnado y del acto confirmatorio que se aportaron con la demanda no están debidamente autenticadas por el funcionario público encargado de la custodia del original o, en todo caso, del funcionario encargado de autorizar, dicha autenticación. En las referidas copias, únicamente aparecer un sello estampado de forma incompleta en cada una de las fojas que componen el acto acusado, el que además, es algunos casos, es ilegible.@

Encontrándose el proceso en este estado, el resto de los Magistrados que integran la Sala Tercera, proceden a exponer las siguientes consideraciones en relación a la apelación presentada.

De una lectura del libelo se colige, que si bien es cierto el actor aportó las copias del acto impugnado y de los confirmatorios con su respectiva notificación, no están debidamente autenticados, requisito exigido por el artículo 44 de la Ley N1 135 de 1943. Por el contrario, poseen simplemente un sello, que como bien lo señala el Sustanciador, es en algunos casos ilegible.

En atención a la deficiencia señalada, el artículo 44 de la Ley 135 de 1943, expresa de manera clara que el actor deberá acompañar a la demanda con una copia del acto impugnado, con las constancias de su publicación, notificación o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR