Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 16 de Febrero de 2007

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Licenciado J.M.F. (Hijo), actuando en nombre y representación de SYDNEY SITTON URETA ha presentado demanda de advertencia de inconstitucionalidad en contra de los artículos 172, 173, 173-A, 174 y 175 del Código Penal, en el proceso penal seguido a su representado por el supuesto delito de Calumnia e Injuria en perjuicio de J.A.S.R..

En atención a la remisión que hiciera el Juez Octavo de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá del presente asunto constitucional, procede el Pleno de la Corte Suprema de Justicia a determinar su admisibilidad o no.

Para ello, debe examinar el cumplimiento de los presupuestos procesales establecidos en el artículo 206 de la Constitución Política en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2558 y 2560 del Código Judicial y la jurisprudencia establecida por esta Corporación de Justicia en cuanto a la iniciativa constitucional ensayada.

El artículo 206 de la Constitución Política nos refiere que la advertencia de inconstitucionalidad procede cuando en un proceso una de las partes advirtiere a la autoridad jurisdiccional encargada, que la norma ya sea legal o reglamentaria aplicable al caso puede ser contraria a la Constitución.

La autoridad jurisdiccional entonces, debe someter la cuestión de inconstitucionalidad al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, salvo que la disposición haya sido objeto de pronunciamiento por parte de ésta y, continuará el curso del negocio hasta colocarlo en estado de decidir.

Las partes sólo podrán formular tales advertencias una sola vez por instancia.

De acuerdo con esta definición se infiere, que los principales presupuestos que deberá atenderse para determinar la admisibilidad de la advertencia de inconstitucionalidad son a saber:

  1. -La existencia de un proceso en trámite;

  2. -Que la solicitud de advertencia sea realizada por una de las partes en contienda, y

  3. -Quien advierta considere que la norma legal o reglamentaria aplicable al caso pueda ser contraria a la Constitución.

A fin de determinar la existencia del primer presupuesto procesal -la existencia de un proceso en trámite- debemos atender a las constancias que reposan en el expediente.

Se constata, que en el proceso penal instaurado, el Juez Octavo de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, mediante Auto Vario No. 409 de 23 de septiembre de 2004, declaró extinguida la acción penal contra SYDNEY SITTON URETA por el delito contra el Honoro según los hechos denunciados...

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