Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 16 de Febrero de 2009

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2009
EmisorPleno

VISTOS:

El doctor JULIO E.B.H., actuando en su propio nombre, ha solicitado aclaración de la resolución expedida por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia el 15 de mayo de 2008, mediante la cual no fue admitida la presente advertencia de inconstitucionalidad.

En casos como el que nos ocupa, el Pleno ha sido claro en establecer que únicamente procede aclaración respecto de la parte resolutiva de la resolución, de conformidad con lo que dispone el artículo 999 del Código Judicial.

Observa esta Superioridad que el escrito mediante el cual se pide la solicitud de aclaración hace referencia al supuesto carácter no procesal, sino sustantivo, de la norma advertida de inconstitucionalidad. No obstante, la mencionada tesis no guarda relación alguna con la motivación de esta Corporación para no admitir dicha advertencia, la cual se fundamentó en que la referida norma ya había sido aplicada.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema, PLENO, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RECHAZA POR IMPROCEDENTE la solicitud de aclaración de la resolución de 15 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR