Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 26 de Diciembre de 2019

PonenteMaría Eugenia López Arias
Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2019
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: P.

Ponente: María Eugenia López Arias

Fecha: 26 de diciembre de 2019

Materia: Amparo de Garantías Constitucionales

Apelación

Expediente: 502-19

VISTOS:

Conoce el P. de la Corte Suprema de Justicia del recurso de apelación promovido por la firma RAMOS CHUE & ASOCIADOS, actuando en nombre y representación de INTERPLUS PANAMÁ, S.A. contra la Resolución de veintinueve (29) de abril de dos mil diecinueve (2019), dictada por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, que no admite la acción de amparo de derechos fundamentales presentada contra el Auto N°1252 de veintisiete (27) de julio de dos mil diecisiete (2017), del Juzgado Decimoquinto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil.

La referida Resolución decreta auto de embargo a favor de INVER IBERSIA OVERSEAS 1, S.(.L. y en contra de INTERPLUS PANAMÁ, S.A. Y OTROS, con razón del proceso ejecutivo simple propuesto por la primera.

De conformidad con el amparista, el referido Auto vulnera el debido proceso consagrado en el artículo 32 de la Constitución Política de la República de Panamá, porque decretó embargo sobre bienes de los cuales no existe certeza en el expediente que sean propiedad del deudor, por lo que no existe la condición sine quanon que exige el artículo 1650 del Código Judicial para decretar el embargo.

Al resolver en primera instancia sobre la admisibilidad de la iniciativa constitucional propuesta, el PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, decidió no admitirla, por estimar que "...el auto que decreta embargo en un proceso ejecutivo simple admite recurso de reconsideración, toda vez que dicha resolución no es apelable" y el recurrente no demostró haber hecho uso de ese medio de impugnación. En ese sentido, explica que el recurso de reconsideración presentado por al amparista fue contra el Auto que dispuso negar una solicitud de corrección del Auto 1251 de 27 de julio de 2017, impugnado en sede de amparo.

Esta decisión fue apelada por el actor, quien plantea que agotó los medios que procedían contra la resolución recurrida, por lo que solicita que el amparo sea admitido y resuelto en el fondo.

CONSIDERACIONES Y DECISIÓN DEL PLENO

Por examinados el libelo de Amparo, la resolución recurrida y el escrito de apelación, pasa el P. a resolver la alzada.

En este sentido, el P. considera que le asiste razón al Tribunal Superior al estimar que la iniciativa constitucional bajo...

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