Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 9 de Febrero de 2021

PonenteMaribel Cornejo Batista
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2021
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Maribel Cornejo Batista

Fecha: 09 de febrero de 2021

Materia: A. de Garantías Constitucionales

Primera instancia

Expediente: 1013-2020

VISTOS

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de A. de Garantías Constitucionales, presentada por el licenciado R.A.B.A., en representación de O.S.C.T., contra la orden de hacer concretada en la Resolución N°28-19-SGP de 25 de octubre de 2019, dictada por el Consejo Académico de la Universidad de Panamá.

ACTO IMPUGNADO

El acto que se impugna a través de la acción constitucional, consiste en la orden de hacer contenida en la Resolución N°28-19-SGP de 25 de octubre de 2019, por la cual el Consejo Académico de la Universidad de Panamá, sancionó a O.S.C.T., hasta entonces estudiante de la Facultad de Economía de la Universidad de Panamá, con la expulsión definitiva de la misma, por incurrir en las faltas contempladas en el Estatuto Universitario.

ARGUMENTOS DEL AMPARISTA

Considera el demandante que la Resolución N°28-19-SGP de 25 de octubre de 2019 del Consejo Académico de la Universidad de Panamá conculcó el artículo 17 de la Constitución Política, al igual que la garantía fundamental del debido proceso contenida en el artículo 32, en concordancia con los artículos 8 y 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, respectivamente.

Lo anterior, en la medida que el estudiante O.S.C.T. fue sancionado por el Consejo Académico de la Universidad de Panamá a través de un proceso en el que se incurrió en infracción al principio del juez natural y en omisión de trámites fundamentales como la audiencia.

CONSIDERACIONES Y DECISIÓN DEL PLENO

En esta etapa procesal, corresponde al Pleno emitir concepto sobre la admisibilidad de la acción constitucional que nos ocupa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 54 de la Constitución Política y los artículos 2615, 2616 y 2619 del Código Judicial, así como pronunciamientos jurisprudenciales de esta Corporación de Justicia.

Se observa que la presente acción de A. de Garantías Constitucionales, se presentó contra un acto dictado a través de una resolución sancionatoria que, a juicio del accionante, vulneró derechos o garantías consagrados en la Constitución. También se advierte, que se precisó el nombre de la autoridad que impartió el acto, los hechos en los cuales se fundamenta la pretensión constitucional y...

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