Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 4 de Junio de 2002

PonenteROGELIO A. FABREGA
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2002
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense MEJIA & ASOCIADOS, actuando en nombre y representación de I.M.D.Z., ha interpuesto acción de Amparo de Garantías Constitucionales contra la orden de hacer contenida en la resolución No.40 de 15 de febrero de 2002, dictado por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, en el Incidente de Nulidad presentado en el proceso seguido por la sociedad Sunbeam Corporation contra I.M.D.Z. y A.Z.M. por el delito de uso ilícito de marca de fábrica.

Corresponde en la presente etapa procesal determinar la admisibilidad de la demanda de amparo con los requisitos señalados en el artículo 2619 del Código Judicial, así como los criterios que, sobre este particular, ha señalado la Corte sobre esta acción constitucional.

Al revisar lo expresado en el libelo contentivo de esta acción de amparo (fs.67 a 80) y la copia de la resolución que contiene la orden de hacer que se impugna (fs.60 a 65), esta Corporación concluye que en este caso no se cumple con los presupuestos propios de este mecanismo de tutela de derechos fundamentales, como son que la resolución impugnada contenga una orden arbitraria dirigida al amparista y que produzca una lesión a los derechos fundamentales de los amparistas.

En tal sentido, vemos que se dice que la orden de hacer impugnada esta contenida en el Auto No.40 de 15 de febrero de 2002, proferido por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, que en su parte resolutiva expresa lo siguiente:

"...

En mérito de lo expuesto, el SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, PREVIA REVOCATORIA del auto No.5 de 27 de marzo del 2001, FALLA lo siguiente:

  1. Denegar el incidente de nulidad promovido por el Licdo. J.M. en el proceso seguido a I.M.D.Z. y A.Z.M., sindicados por el delito de uso ilícito de marca de fábrica cometido en perjuicio de la sociedad Sunbeam Corporation.

  2. Ordenar que el Tribunal de la instancia continúe la tramitación del recurso de apelación promovido contra el auto No.32 de 28 de diciembre de 2000, que sobresee de manera definitiva en beneficio de los imputados con relación a los cargos formulados por el funcionario de instrucción durante la fase preparatoria o de instrucción sumarial."(fs.60-65)

Según se ha podido apreciar de lo previamente transcrito, la orden que se impugna, resuelve la apelación interpuesta dentro de un incidente de nulidad por ilegitimidad de personería, y, a juicio de la Corte no contiene una orden de hacer o no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR