Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 19 de Febrero de 2010

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2010
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En grado de consulta ha ingresado a esta sede jurisdiccional la resolución de 8 de julio de 2009, por medio de la cual el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial sobreseyó definitivamente y decretó archivo de las sumarias por delito contra la administración pública y contra la seguridad colectiva, iniciadas con la querella propuesta por el licenciado L.Q.P..

ANTECEDENTES

El licenciado L.Q.P., actuando en nombre y representación de la señora D.M.A. de Carvajal, presentó querella contra Y.M.H.V., R.B.L. y M.N.B., funcionarias judiciales en la provincia de Herrera. Según el letrado las mencionadas servidoras judiciales incurrieron en delitos de asociación ilícita, abuso de autoridad y corrupción de servidores públicos. (v.f. 1 a 64)

El sumario se le adjudicó a la Fiscalía Segunda Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación, que dispuso admitir la querella propuesta por el licenciado Q.P.. (v.f. 69 a 76)

Al momento de calificar la encuesta el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial mediante resolución de 8 de julio de 2009 decretó sobreseimiento definitivo con carácter impersonal y el archivo de la actuación. (v.f. 375 a 391)

FUNDAMENTOS LEGALES

  1. El sumario que acapara la atención de esta sede jurisdiccional ha sido remitido en consulta, debido a que el tribunal de primera instancia ordenó sobreseimiento definitivo de la encuesta. En este sentido, el artículo 2477 del Código Judicial establece que se requiere de consulta en caso que se emita sobreseimiento definitivo.

  2. El licenciado Q.P. presentó querella por tres delitos: corrupción de servidores públicos, asociación ilícita y abuso de autoridad. Como se expuso la querella fue admitida por el Ministerio Público, lo cual implica que el tribunal de la causa debe decidir sobre la base de tal admisión.

    En atención a lo expuesto, conviene revisar los elementos de los delitos mencionados, en vías de determinar si la decisión de primera instancia se ha emitido con arreglo a derecho.

    El delito de corrupción de servidores públicos es especial, por cuanto requiere de un sujeto activo calificado. Los verbos rectores que integran el tipo objetivo son: aceptar, recibir o solicitar, en este caso un beneficio indebido dentro del marco de las tareas que le atañen al funcionario. No se evidencian mayores diferencias en la estructura del delito en cuestión en el Código Penal de 1982 y el estatuto punitivo actual.

    Dentro de otro contexto, el ilícito de...

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