Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 4 de Diciembre de 2013

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2013
EmisorPleno

VISTOS: En grado de apelación, conoce el P. de la Corte Suprema de Justicia de la Acción de A. de Garantías Constitucionales interpuesta por la Firma Forense M., L. y M. en representación de la señora M.T.D. de Calvosa, contra la Resolución No. 201 de 5 de octubre de 2012, dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá. La acción constitucional fue promovida contra aquella resolución judicial en la que se accede a la solicitud de prórroga de instrucción del sumario, interpuesta por el Ministerio Público dentro de las sumarias en averiguación seguidas por delito contra el orden económico y blanqueo de capitales, hecho denunciado por J.L.M.. RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA: Correspondió al Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial conocer en primera instancia el presente negocio constitucional. Dicha autoridad decidió mediante Resolución de 21 de mayo de 2013, DENEGAR la Acción de A. de Garantías Constitucionales propuesta por la señora M.D. contra el Juzgado Décimo Quinto Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, en ocasión de haber dictado la Resolución No. 201 de 5 de octubre de 2012, que concede prórroga de instrucción del sumario, dentro de las sumarias seguidas en averiguación por delito contra el orden económico y blanqueo de capitales. El fundamento para arribar a esta decisión, consiste en que el cargo que fundamenta la alegada violación al debido proceso carece de justificación y fundamento, pues el mismo consistía en que la Juez concedió la prórroga de la investigación sumarial por delitos contra la propiedad intelectual cuando esos delitos no están incluidos en los que enumera el artículo 2033 del Código Judicial, sin embargo, la investigación se da por delito contra el orden económico en la modalidad de blanqueo de capitales, cuya prórroga sí es permitida por ese artículo, cuando no existan detenidos, como ocurre en el presente caso, lo cual se evidencia en resolución contra la cual se dirige el amparo. Además señala el Tribunal Superior, que el cargo relativo a la competencia del Agente del Ministerio Público tampoco prospera pues fue alegado a través de un incidente de controversia que según informó la Juez Penal, está pendiente de resolver, sin que fuese un aspecto que tuviera que conocer la Juez al resolver la solicitud de prórroga que realizó la Fiscalía para perfeccionar el sumario.. ARGUMENTOS DEL APELANTE: Frente a la decisión emitida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, el apoderado judicial de la señora M.T.D. de Calvosa, promueve recurso de apelación, indicando que se ha concedido prórroga a la Fiscalía en la supuesta comisión de un delito que se relaciona con infracciones al derecho de propiedad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR