Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 9 de Mayo de 2019

PonenteOlmedo Arrocha Osorio
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2019
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Olmedo Arrocha Osorio

Fecha: 09 de mayo de 2019

Materia: A. de Garantías Constitucionales

Apelación

Expediente: 1280-18

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia del Recurso de Apelación promovido por el doctor T.L.Á., actuando en nombre y representación del señor A.H.M. y de la sociedad Cosmo Air Support S.A., contra la Resolución del 18 de octubre de 2018, proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia, mediante la cual se resolvió lo siguiente:

"Por lo antes expuesto, el PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NO ADMITE la Demanda de A. de Derechos Constitucionales propuesta por Cosmo Air Support, S.A. en contra del Juzgado Sexto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá en ocasión de haber dictado el Acto contentivo en la resolución de fecha 14 de mayo de 2018 que fija como fecha de remate el 13 de septiembre del 2018."

DECISIÓN DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

Correspondió al Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá conocer en primera instancia el presente negocio constitucional. Dicha Autoridad decidió mediante Resolución del 18 de octubre de 2018, no admitir la Acción de A. de Garantías Constitucionales interpuesta por el doctor T.L.Á., actuando en nombre y representación del señor A.H.M. y la sociedad Cosmo Air Support S.A., contra la Resolución del 14 de mayo de 2018 proferida por el Juzgado Sexto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, por considerar que el acto atacado no se constituye como actual o inminente, ya que la Demanda constitucional se presentó en septiembre de 2018, habiendo transcurrido más de tres (3) meses, término que la jurisprudencia considera como lapso de inminencia adecuado para reclamar infracciones de derechos constitucionales.

Agrega el Tribunal A quo, que además el artículo 1748 del Código Judicial ofrece una acción jurisdiccional civil a través de un Proceso Sumario contra el acreedor por causa de la venta sin trámite del Proceso Ejecutivo y que no se presentó prueba que dicha vía haya sido sustanciada.

SUSTENTACIÓN DE LA APELACIÓN

Consta a fojas 73 a 75 del cuadernillo de A. que el doctor T.L.Á., actuando en nombre y representación del señor A.H.M. y de la sociedad Cosmo Air Support S.A., anunció y sustentó en tiempo oportuno Recurso de Apelación contra la...

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