Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 29 de Diciembre de 2021

PonenteOlmedo Arrocha Osorio
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2021
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Olmedo Arrocha Osorio

Fecha: 29 de diciembre de 2021

Materia: A. de Garantías Constitucionales

Apelación

Expediente: 108188-2021

VISTOS:

La licenciada Y.G., en su condición de Fiscal Adjunto de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, Sección de Investigación y Seguimiento de Causas, ha interpuesto Recurso de Apelación contra la Resolución del 23 de septiembre de 2021, emitida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, mediante la cual no admite el A. de Garantías Constitucionales incoado en contra del J. de Garantías del Primer Circuito Judicial de Panamá, quien dictó el acto de audiencia celebrado el 11 de febrero de 2021.

EL AMPARO DE GARANTÍAS FUNDAMENTALES

Narra la accionante constitucional que está legitimada para actuar según el numeral 7 del Artículo 347 del Código Judicial, reformado por la Ley 45 de 2003 al igual que el Artículo 54 de la Constitución Política. Continúa señalando que la decisión atacada es la declaratoria de dar por no presentada la imputación, en acto de audiencia celebrado el 11 de febrero de 2021, desde el minuto 31:37 al minuto 43:12 dentro de la carpeta 202000032883, seguida a D.B. y A.B., acusados en calidad de cómplices primarios por los delitos establecidos en los Artículos 314 y 321 del Código Penal.

Como norma infringida la activadora constitucional señala el Artículo 32 de la Constitución Política, violada de forma directa por omisión.

DECISIÓN DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

Correspondió al Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, conocer en primera instancia el presente negocio constitucional. Dicha Autoridad decidió mediante Resolución del 23 de septiembre de 2021 no admitir el A. de Garantías Constitucionales incoado en contra del J. de Garantías del Primer Circuito Judicial de Panamá, quien dictó el acto de audiencia celebrado el 11 de febrero de 2021.

Fundamenta su decisión señalando y citamos textualmente: "...De la lectura del punto relacionado con el concepto de la infracción, es de notar que la Fiscal adjunta expone un análisis de los aspectos de valoración realizados por el J. de Garantías, en la audiencia de imputación, siendo que el discurso dado por la Fiscalía no logra informar o ilustrar a esta Superioridad sobre la potencialidad de vulnerar o lesionar derechos fundamentales tutelados por la Constitución, que por su gravedad e inminencia requiera revocación inmediata, características, que a juicio de este Tribunal de A., la demanda no reúne, dado que trata más un tema de legalidad". Además, el Tribunal primario se refirió a que la presente demanda se ubica en el plano de legalidad; continúa indicando: "...el acto al cual se endilgan cargos no tienen (sic) la trascendencia de producir perjuicio a nivel constitucional; toda vez que, el J. de Garantías está facultado para resolver sobre la admisibilidad de la...

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