Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 11 de Febrero de 2008

PonenteJacinto Cárdenas M
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2008
EmisorPleno

VISTOS:

El Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, mediante resolución judicial de 10 de septiembre de 2007, declaró legal la orden de detención preventiva dictada contra J.A.P.M. y J.P.M., contra el Juzgado Décimo Tercero, Ramo Penal, del Primer Circuito Judicial de Panamá.

El Tribunal Superior manifestó que en otra ocasión tuvo la oportunidad de revisar la situación jurídica de los hermanos P.M., al conocer de una sustitución de una medida cautelar distinta de la detención preventiva. Agrega que en aquella oportunidad se justificó la aplicación de la más grave de las medidas cautelares, pues se estableció "que se encontraban debidamente vinculados a los delitos contra la salud pública y la economía nacional (blanqueo de capitales)".

También se indicó en la resolución judicial recurrida que el Juzgador Primario conoció en una segunda oportunidad, al resolver otra solicitud de medida cautelar, el status jurídico de los procesados sin que se encontrara motivo alguno para variarla, "posición con la que coincidimos, ya que la situación jurídica no ha variado y hasta estos instantes se han mantenido los presupuestos básicos del artículo 2140 del Código Judicial".

Finalmente el Segundo Tribunal Superior expresó que no ha existido falta, ni omisión procedimental alguna cometida por el agente instructor, quien no ha violado el derecho a los ciudadanos J.A.P.M. y J.P.M. a permanecer libres, sino que por el contrario, se han cumplido los trámites legales correspondientes para proceder a limitar su libertad corporal, tomando como base la vinculación que ha hecho la agencia de instrucción de su persona con el delito que se investiga y la motivación precisa de las razones por las que se ordenó su detención..." (fs.62-66).

Contra la anterior decisión, el licenciado R.C. actuando en representación de los beneficiarios de la acción, presentó recurso de apelación. Manifiesta el apelante que se desconoció que los beneficiarios de la acción no tenían conocimiento que el dinero utilizado para la compra de mercaderías era producto del blanqueo de capitales, pese a que se demostró que toda la ropa y mercancías compradas se enviaban al extranjero, como se indicó.

De lo dicho por la Fiscalía de Drogas, sostiene el recurrente, el Segundo Tribunal Superior destacó que todo se debía a una operación encubierta denominada "Lencería", pero que en dicha operación no figuraban los hermanos P.M., además que J.A.P.M. para ese entonces estaba internado en el Centro de...

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