Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 5 de Marzo de 2004

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia del recurso de apelación promovido por el licenciado A.M., contra la sentencia de 17 de diciembre de 2003, emitida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá que declaró legal la orden de detención de E.H.S., dictada por la Fiscalía Tercera del Primer Circuito Judicial de Panamá.

Básicamente el Segundo Tribunal Superior mantuvo la medida cautelar de privación de la libertad, porque la orden de detención fue emitida por autoridad competente, constan los elementos de prueba que acreditan el hecho punible investigado y que vinculan al beneficiario de la acción, además de que se cumplieron con los presupuestos procesales contemplados en los artículos 2140 y 2152 del Código Judicial (fs.9-13).

El recurrente sostiene en el libelo de apelación que el Tribunal Superior no analizó las infracciones cometidas por el funcionario de primera instancia, ya que a su patrocinado le violaron las normas relativas al debido proceso y los derechos humanos fundamentales, de conformidad con los artículos 21 y 22 de la Constitución Política, toda vez que no se le entregó una orden de detención al momento de ser detenido y se le privó de su libertad por mas de 24 horas, sin que se pusiera a orden de autoridad competente.

Agrega además el apelante que el a-quo realizó pronunciamientos de fondo, lo que constituye una situación ajena a ser estudiada en una acción de habeas corpus, y concluye solicitando que se revoque la resolución apelada y se declare ilegal la orden de detención (fs.15-17).

Corresponde en esta etapa procesal al Pleno de esta Corporación de Justicia resolver el medio de impugnación promovido. En esa labor, el presente caso guarda relación con un delito contra la fé pública cometido en detrimento de la empresa J W.T.. Según las constancias de autos, R.R.R., Jefe de Contabilidad, emitía cheques en primer lugar para cancelar aparentemente impuestos municipales, los cuales tenían que ser pagados por el beneficiario de la acción. Sin embargo, ambos se apoderaban de dichos fondos. En segundo lugar, también emitía cheques para cancelar deudas de ciertos proveedores y R. ponía los cheques a su nombre o de H. para hacerlos efectivo posteriormente.

E.E.H.S., al rendir declaración indagatoria manifestó que es cierto que R. le entregaba cheques a su nombre para hacerlos efectivo, pero que eso era producto de su trabajo como mensajero de la empresa, ya que una vez cambiado el...

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