Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 13 de Julio de 2004

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución13 de Julio de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Ha ingresado para conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en grado de APELACIÓN, la sentencia fechada 12 de abril de 2004, dictada por el SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE PANAMÁ, dentro de la Acción de Hábeas Corpus interpuesta por el Licenciado JORGE AGUILAR, a favor del S.A.B.A. y en contra de la FISCALÍA DUODÉCIMA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE PANAMÁ.

LA SENTENCIA APELADA

EL SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE PANAMÁ, mediante sentencia de 12 abril de 2004 declaró NO VIABLE la Acción de Hábeas Corpus presentada por el Licenciado JORGE AGUILAR a favor del S.A.B.A., con fundamento de derecho en los artículos 2574 y 2575 del Código Judicial.

En la sentencia se señalan algunos aspectos jurídicos que a la letra expresan textualmente lo siguiente:

" 1. El día 24 de marzo de 2003 V.M.N. interpone denuncia ante la Policía Técnica Judicial de Panamá, en la cual pone en conocimiento a las autoridades competente, haber sido victima del delito de hurto del cual ha sido objeto la empresa DOPACO, S.A. propiedad de su madre los días 7-2-2003, 11-2-2003 y 19-2-2003 en el PRIMER hurto se llevaron herramientas de tres cajas, un mini componente, un teléfono inalámbrico, un secador, dinero en efectivo aproximadamente doscientos balboas (B/.200.00) un teléfono celular y mercancías (correas y balineras) en el SEGUNDO le hurtaron una máquina eléctrica S.T., calibradores de balineras, retenedoras, y en el TERCERO se hurtaron un teléfono inteligente TFB-3000, una computadora marca ITB, modelo PC-300, una radio grabadora con cd. Modelo JO2-RCOW350 un fax Panasonic, la cuantía de los TRES hurtos asciende a un total de B/6,500 balboas. Igualmente hace alusión que fue informada por un sujeto llamado ALEXANDER, quién en horas de la madrugada observó a dos sujetos en actitud sospechosa detrás del local DOPACO, S.A. quienes al ver a la policía se dieron a la fuga.

  1. Mediante declaración jurada que consta en fojas 7 y 8 del expediente el señor A.V., quien señala que efectivamente observó a dos sujetos en actitud sospechosa y miro cuando uno de estos, se paró detrás del aire acondicionado de la empresa y empezó a quitar los hierros que lo protegen , por lo que se dirigió a la ronda policial poniéndolos en conocimiento y, al llegar nuevamente al lugar con la policía, estos dos sujetos se dieron a la fuga. Los describe físicamente, al PRIMERO como de tez clara, alto, cabello...

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