Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 19 de Abril de 2006

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución19 de Abril de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia el recurso de apelación interpuesto dentro de la acción de Hábeas Corpus propuesta por el Licenciado E.Á.C. a favor de DANILO DEL CARMEN MORENO, detenido en la Cárcel Pública de D., por el supuesto delito contra el Pudor la Integridad y la Libertad Sexual en perjuicio del menor M.A.J., a órdenes de la Fiscalía Quinta del Circuito de Chiriquí.

SENTENCIA APELADA

El Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, mediante Resolución de 11 de noviembre de 2005, declaró Legal la detención preventiva dictada en contra del señor D.D.C.M., por la Fiscalía Quinta del Circuito de Chirirquí. Para arribar al fallo antes señalado, el Tribunal señaló lo que a continuación se transcribe:

De todo lo anteriormente descrito ha de señalarse que de manera provisional nos encontramos ante el delito contra el pudor y la libertad sexual, específicamente el de violación que sanciona a sus transgresores con pena mínima superior a los dos años de prisión, de manera que se cumple con uno de los requisitos exigidos en el artículo 2140 del Código Judicial.

Por otro lado, consta el examen médico legal psiquiatra (f.21) el cual determina que el menor fue víctima del delito prueba psicológica, ratificada por la psicóloga forense donde explicó que el menor se encontraba afectado emocionalmente y que ésta era sintomatología de un hecho de violencia. Con estas pruebas se logra acreditar de una u otra forma el hecho punible investigado porque aunque el certificado médico legal indique que no presenta lesiones en el área anal, a folio 29 la doctora forense manifestó que por el transcurso del tiempo puede haber desaparecido cualquier lesión tipo fisura o laceración situación que explica en su declaración. Aunado a ello debe tenerse presente lo manifestado por los doctores A.A.G.P. y R.R.C. quienes manifestaron que los síntomas que presentaba el menor se debían a problemas de tipo psicológico.

La vinculación del encartado surge del señalamiento que le formula el ofendido M.A.J.. De manera que hasta donde se encuentran adelantadas las sumarias, se reúnen los requisitos exigidos con los artículos citados para decretar de manera provisional legal la detención que viene sufriendo el prenombrado M., sin perjuicio que pueda variar su situación jurídica en el transcurso de la investigación.

CONSIDERACIONES DEL RECURRENTE

El apoderado judicial del sindicado mediante escrito de sustentación de la apelación manifiesta que reitera...

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