Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 19 de Diciembre de 2003

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2003
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

En grado de apelación conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia la acción de amparo de garantías constitucionales interpuesta por el licenciado JOSE LASSO PEREA contra la resolución de 19 de septiembre de 2003 proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia, que declara no viable la acción propuesta por el amparista.

El accionante promovió esta acción constitucional para enervar los efectos del auto de fecha 5 de mayo de 2003 proferido por el Juez Quinto del Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá que fijó para el día 1de julio de 2003 la venta en pública subasta de un bien inmueble de su propiedad.

LA RESOLUCIÓN RECURRIDA:

El Primer Tribunal Superior de Justicia mediante providencia de fecha 11 de septiembre de 2003 acogió la acción de amparo propuesta por el licenciado J.L.P., sin embargo al entrar a dilucidar el fondo de la misma la declaró no viable en atención a las siguientes consideraciones.

Sostiene la resolución en cuestión a folio 21 del cuadernillo que, luego de revisar los antecedentes del caso, a saber proceso ejecutivo hipotecario con renuncia de trámite propuesto por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria contra el amparista, determinó que conforme lo dispuesto en los artículos 1744 y 1748 del Código Judicial, el accionante tenía a su haber el proceso sumario para enervar los efectos del proceso ejecutivo, por lo que al no haber agotado los medios de impugnación que le concede la ley, la misma no prosperó.

Agrega el fallo recurrido, igualmente, a folio 24 lo siguiente:

"...el Juez ordenó la venta pública del inmueble en la resoluciónde fecha 5 de mayo de 2003, que la misma fue notificada a las partes tal como consta en el edicto 592 de 6 de mayo de 2003 (f.47), documento que el amparista dejó de aportar al momento de formular la acción, actuación ésta que desvirtúa lo afirmado, ..."

LA APELACIÓN:

A folio 27 del cuadernillo de amparo reposa el escrito presentado por el licenciado JOSE LASSO PEREA en el que externa las razones por las que no comparte la decisión adoptada por el Primer Tribunal Superior de Justicia.

Sostiene el recurrente que al admitirse la acción de amparo aquél tribunal colegiado debió conocer y pronunciarse en cuanto al fondo de la controversia, pues se requiere de una revocación inmediata dada la gravedad e inminencia del daño.

"... en el caso que nos ocupa nos encontramos frente a un

peligro inminente de desalojo por parte

del nuevo adquirente de la Finca (sic) objeto de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR