Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 7 de Julio de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense Cochéz-Pages-Martínez, actuando en nombre y representación de SUMINISTROS LOS ANDES S.A., sustentó ante el resto de los Magistrados que integran la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, recurso de apelación contra el Auto de 16 de marzo de 2004, emitido por el Magistrado Sustanciador, que admite las pruebas dentro de la Solicitud de Liquidación de Condena en Abstracto interpuesta en virtud de la Sentencia de 21 de mayo de 2003 proferida por esta Superioridad.

En el Auto mencionado previamente, se acogen como pruebas presentadas por la parte actora, los documentos que corren de foja 1-8, 10-11, 15-17, 20-24, 36-52, 65-68 y 70 del expediente.

Además, no se admitieron como prueba presentada por la demandante, los documentos que corren a foja 9, 13-14, 18,26,54-57, 59-65, y 75 por no cumplir con el artículo 833 del Código Judicial, que dispone lo siguiente:

Artículo 833: Los documentos se aportarán al proceso en originales o en copias, de conformidad con lo dispuesto en este Código. Las copias podrán consistir en transcripción o reproducción mecánica, química o por cualquier otro medio científico. Las reproducciones deberán ser autenticadas por el funcionario público encargado de la custodia del original, a menos que sean compulsadas del original o en copia auténtica en inspección judicial y salvo que la Ley disponga otra cosa.

A su vez, no se admitieron como prueba, los documentos que corren a foja 12, 16, 19, 25, 27-35, 53, 58, 69, 71-74, 76-97, por no cumplir con lo dispuesto en el artículo 862 del Código Judicial, que señala:

"Artículo 862: Los documentos no firmados sólo tendrán valor qué corresponda si son reconocidos expresamente por la parte a quien se atribuyen, o si se demuestra que provienen de dicha parte por los medios comunes de pruebas, en concordancia con las otras pruebas del proceso y con sujeción a las reglas de la sana crítica. Se exceptúan los libros de comercio debidamente registrados, cuya autenticidad no necesita acreditarse."

El apoderado judicial de Suministros Los Andes, S.A., anunció recurso de apelación contra el Auto de 16 de marzo de 2004, el cual fue sustentado en documento que corre de foja 125 a 127. La parte actora solicita que los documentos probatorios que se encuentran en el expediente sean admitidos, ya que se ha suscitado una situación de incertidumbre puesto que los documentos visibles a fojas 16 y 65 fueron admitidos, y a la vez los mismos fueron negados, por no...

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