Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 27 de Enero de 2010
Ponente | Aníbal Salas Céspedes |
Fecha de Resolución | 27 de Enero de 2010 |
Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS:
Conoce esta Superioridad de la apelación promovida por el licenciado M.C. contra la resolución identificada como Fianza No. 15 P.I. de 26 de noviembre de 2009, mediante la cual el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial resolvió denegar la petición de fianza a favor de J.A.M.J., encartado por delito contra la vida y la integridad personal.
El licenciado C. manifestó que en estos casos sólo debe verificarse si el delito admite o no el beneficio requerido, por tanto, resulta errado que se haya denegado la fianza en atención a que el justiciable no ha rendido indagatoria.
Sostuvo que se denegó la fianza, pues se tomó en consideración la facultad discrecional prevista en el artículo 2173 del Código Judicial, sin embargo, estima que dicha ponderación debe realizarse en beneficio del reo.
Añadió que tampoco se han incorporado elementos para considerar que el menor afectado corre peligro, de modo que desde ese punto de vista debe concederse la fianza reclamada, en consecuencia, solicitó se revoque la resolución censurada. (v.f. 15 a 16)
El sumario inició con la denuncia presentada por el señor L.A.C.C., en vías de procurar las investigaciones por la presunta comisión de delito contra la vida y la integridad personal en detrimento de su nieto L.A.C.J. , de trece años de edad. Según el denunciante el día de los hechos su nieto se encontraba con un amigo apodado "el mudo" y otras personas, cerca de un kiosko, cuando unos sujetos se bajaron de un automóvil marca BMW y comenzaron a disparar. Añadió que su nieto le informó los individuos respondían a los apodos de "Yuyu", "Toto" y "Ninin". (v.f. 1 a 3)
De fojas 24 a 25 se observa informe médico legal en el cual consta que la vida del menor L.A.C.J., estuvo en riesgo en razón de los hechos que nos ocupan. (v.f. 24 a 25)
La Fiscalía Auxiliar de la República dispuso recibirle declaración indagatoria a I.S.A. por delito contra la vida y la integridad personal (tentativa de homicidio), en detrimento de L.A.C.J. (V.f. 68 a 72)
El señor S. sostuvo que el día de los hechos "F.W.", "Toton" y "Ninin" le solicitaron que los llevara en su vehículo y una vez que llegaron a los predios del local "La Chomba", se bajaron y empezaron a disparar contra unos sujetos. (v.f.75 a 76)
De fojas 167 a 168 consta reconocimiento fotográfico en el cual L.M.A., quien estaba con el afectado al tiempo de los hechos, identificó a J.A.M.J. como uno de los agresores.
La...
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