Resuelto Nº AUPSA-DINAN-019-2010 de 22 de abril de 2010, 'POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL RESUELTO AUPSA-DINAN- 403-2007, EN EL CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE BULBOS DE CEBOLLA (ALLIUM CEPA) FRESCA O REFRIGERADA, PARA CONSUMO HUMANO Y/O TRANSFORMACIÓN, ORIGINARIA DE ECUADOR'.

REP�BLICA DE PANAM�

AUTORIDAD PANAME�A DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS

RESUELTO AUPSA - DINAN - 019 - 2010

(De 22 de Abril de 2010)

"Por medio del cual se deroga el Resuelto AUPSA-DINAN- 403-2007, en el cual se establecen los requisitos fitosanitarios para la importaci�n de bulbos de cebolla (Allium cepa) fresca o refrigerada, para consumo humano y/o transformaci�n, originaria de Ecuador"

El DIRECTOR NACIONAL DE NORMAS PARA LA IMPORTACI�N DE ALIMENTOS,

en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Paname�a de Seguridad de Alimentos, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicaci�n de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introducci�n de alimentos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente cient�ficos y t�cnicos.

Que la Autoridad Paname�a de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humana, el patrimonio animal y vegetal del pa�s, mediante la aplicaci�n de las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introducci�n de alimentos al territorio nacional.

Que el art�culo 38, numeral 1 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 dicta que es funci�n de la Direcci�n Nacional de Normas para la Importaci�n de Alimentos, emitir los requisitos sanitarios y fitosanitarios, que deben cumplir los alimentos para su introducci�n al territorio nacional: En el almacenaje en zonas libres, zona procesadora, importaci�n, tr�nsito y/o trasbordo.

Que la Autoridad Paname�a de Seguridad de Alimentos ha considerado pertinente la emisi�n del Requisito Fitosanitario, con el fin de complementar los aspectos sanitarios, de inocuidad y calidad para la importaci�n de bulbos de cebolla (Allium cepa) fresca o refrigerada, para consumo humano y /o transformaci�n, originaria de Ecuador.

Que el pa�s, lugar y sitio de producci�n ha sido reconocido como �rea libre de plagas de inter�s cuarentenario, por la Autoridad Paname�a de Seguridad de Alimentos o en su defecto reconoce la declaraci�n avalada por la Direcci�n Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en base al Articulo 77 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006.

Que el incumplimiento de las buenas pr�cticas agr�colas y de manejo de estos alimentos puede ocasionar la...

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