Resolución Nº 056 de 15 de mayo de 2009, 'QUE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE CADÁVERES Y /O COMPONENTES ANATÓMICOS QUE SE OBTENGAN DE LOS MISMOS, PARA FINES DOCENTES'.

MINISTERIO PÚBLICO

INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES

DIRECCIÓN GENERAL

RESOLUCIÓN Nº056

(De 15 de mayo de 2009)

"Que reglamenta el procedimiento para la entrega de cadáveres y /o componentes anatómicos que se obtengan de los mismos, para fines docentes"

El Director General

En uso de sus facultades legales y reglamentarias,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº69 de 27 de diciembre de 2007, "Crea la Dirección de Investigación Judicial en la Policía Nacional, y adscribe los Servicios de Criminalística al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses".

Que la Ley Nº50 de 13 de diciembre de 2008, "Que reorganiza el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses", establece en el artículo 7, numeral 1, que el Director General tiene entre otras, la función de planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

Que la Resolución Nº2 de 5 de septiembre de 2007, "Que adopta el Reglamento del Cuerpo Orgánico de Médicos Forenses de Panamá y demás funcionarios del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses", dispone en su artículo 23, numeral 6, que son funciones del Director General relacionadas con la naturaleza del cargo, entre otras, emitir resoluciones que sean necesarias para el debido funcionamiento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses".

Que la Resolución Nº3 de 23 de abril de 2001, "Por medio de la cual se adopta el Reglamento del Departamento de Patología Forense, preceptúa en su artículo 19, que los cadáveres no reclamados en un plazo máximo de 30 días serán enviados a entierro de solemnidad, previa coordinación con el Municipio de Panamá o serán enviados a las distintas facultades de medicina, de acuerdo a convenios previamente establecidos".

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

PRIMERO: El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a través del Director General podrá entregar cadáveres y/o componentes anatómicos (órganos, tejidos y sus derivados), que resulten de los mismos, a instituciones de educación superior que los requieran para actividades docentes, de acuerdo a convenios previamente establecidos.

SEGUNDO: Para la distribución de cadáveres y/o componentes anatómicos con fines docentes, las Universidades, aprobadas oficialmente y reconocidas por la Universidad de Panamá, deberán aportar una solicitud escrita...

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