Resolución Nº 2007-25 de 9 de marzo de 2007, "POR LA CUAL SE DECLARA A LA EMPRESA CANTERA Y SUMINISTROS SAN ANTONIO, S.A., ELEGIBLE DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL CODIGO DE RECURSOS MINERALES, PARA LA EXTRACCION DE MINERALES NO METALICOS (PIEDRA DE CANTERA)."

REPUBLICA DE PANAMA

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS

DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS MINERALES

RESOLUCION Nº2007-25

de 9 de marzo de 2007

EL DIRECTOR NACIONAL DE RECURSOS MINERALES

CONSIDERANDO:

Que mediante memorial presentado ante este Despacho por el Lic. Emilio Eduardo Batista, abogado en ejercicio, con oficinas ubicadas en el Edificio El Faraón, Numero 5D, Calle 71, San Francisco, ciudad de Panamá, en su condición de Apoderado Especial de la empresa Cantera y suministros san antonio, s.a., inscrita en el Registro Público bajo la Ficha 371721, Documento 54469,solicita una concesión para la extracción de minerales no metálicos (piedra de cantera) en una (1) zona de 950.66 hectáreas, ubicada en el corregimientos de Monte Lirio, distrito de Renacimiento, provincia de Chiriquí, identificada con el símbolo CSSASA-EXTR(piedra de cantera)99-80;

Que se adjuntaron a la solicitud los siguientes documentos:

Poder (Notariado) otorgado al Lic. Emilio Eduardo Batista, por la empresa Cantera y suministros san antonio, s.a.;

Memorial de solicitud;

Declaración Jurada (notariada);

Capacidad Técnica y Financiera;

Plan Anual de Trabajo e Inversión;

Planos Mineros e Informe de Descripción de Zonas;

Certificado del Registro Público donde consta el nombre de los dueños de las fincas afectadas por la solicitud;

Declaración de Razones;

Informe de Evaluación de Yacimiento;

Estudio de Impacto Ambiental;

Recibo de Ingresos Nº 12405 de 23 de diciembre de 1999, en concepto de Cuota Inicial;

Que de acuerdo con el Registro Minero, la zona solicitada no se encuentra dentro de áreas amparadas por solicitudes, concesiones o reservas mineras;

Que se han llenado todos los requisitos exigidos por la Ley para tener derecho a lo solicitado,

RESUELVE:

PRIMERO: Declarar a la empresa Cantera y suministros san antonio, s.a., elegible de acuerdo con las disposiciones del Código de Recursos Minerales, para la extracción de minerales no metálicos (piedra de cantera) en una (1) zona de 950.66 hectáreas, ubicada en el corregimientos de Monte Lirio, distrito de Renacimiento, provincia de Chiriquí, de acuerdo al plano identificado con el números 2001-70 y 2001-71.

SEGUNDO: Ordenar la publicación de tres Avisos Oficiales, en fechas distintas, en un diario de amplia circulación de la capital de la República, y por una sola vez en la Gaceta Oficial, con cargo al interesado. Se hará constar en los Avisos Oficiales la descripción de la zona solicitada, nombre de las personas que aparecen...

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