Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 8 de Noviembre de 2013

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2013
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: El Licdo. R.S., como apoderado judicial de CAPITAL CONSTRUCTION, S.A., ha interpuesto Recurso de Casación contra la Sentencia de 11 de marzo de 2013, proferida por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, dentro del Proceso Ordinario de Daños y Perjuicios que E.L.L. GUERRA le sigue a CAPITAL CONSTRUCTION, S.A. Repartido el negocio, mandó el Sustanciador a ponerlo en lista para alegatos de admisibilidad, oportunidad que no fue aprovechada por ninguno de los apoderados judiciales de las partes, por lo que la Sala procede a decidir sobre la admisibilidad del Recurso, tomando en consideración, los requisitos establecidos en los Artículos 1175 y 1180 del Código Judicial. Consta en Autos que el Recurso de Casación presentado por la parte demandada se anunció y formalizó en tiempo, además que el mismo procede por razón de la naturaleza de la Resolución, pues se trata de una Sentencia emitida en segunda instancia dentro de un Proceso de conocimiento con cuantía superior a B/25,000.00, siendo la misma recurrible en Casación, al tenor de lo dispuesto en el Artículo 1163 y 1164 numeral 1° del Código Judicial. Examinados los requisitos preliminares se procede al estudio del libelo del Recurso de Casación en el Fondo presentado. El Recurrente, introduce erradamente dentro del escrito de formalización del Recurso un aparte que denomina "PROCEDENCIA DEL RECURSO DE CASACIÓN", el cual de acuerdo a lo establecido en las normas que regulan el Recurso de Casación y de conformidad con la técnica del Recurso no se corresponde con ninguno de los apartes exigidos para su formalización, por lo que el mismo debe ser eliminado. El Recurso de Casación se conforma de dos Causales de fondo, a saber: Primera Causal: "Infracción de normas sustantivas de derecho, en el concepto de violación directa, lo que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida." Los M. que sustentan la Causal son los que se transcriben a continuación: "Primer Motivo: Pese a la existencia de un contrato de trabajo vigente a la fecha del accidente (27 de junio de 2009) que regula claramente las funciones del demandante, el Tribunal Superior violó el contrato de manera directa al señalar que las funciones del señor E.L.L. GUERRA eran amplias y no restringidas a funciones específicas, contrario a lo que las partes acordaron. Que el Tribunal Superior violó directamente el contrato de trabajo suscrito entre las partes cuando asume erradamente que reparar un...

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